• La Mesa Directiva turnó a la Comisiones Permanente de Asuntos Agropecuarios, Forestales y Mineros, y de Puntos Constitucionales y de Justicia la minuta enviada por la Cámara de Sena-dores y a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia la minuta presentada por la Cámara de Diputados
La Paz, Baja
California Sur. - La XVII Legislatura dio lectura a las minutas enviadas por la
Cámara de Diputados y Senadores mediante las cuales se propone: reformar y
adicionar diversas disposiciones de los artículos 4° y 27° de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de conservación y
protección de los Maíces Nativos; así como, reformar y adicionar los artículos
55, 59, 82, 115, 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de no reelección y nepotismo electoral.
Por lo que
respecta a la minuta enviada por la Cámara de Diputados, se propone establecer
no tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la
elección una serie de vínculos (estipulados en el proyecto) con la persona que
está ejerciendo la titularidad de la diputación; así mismo, que las personas
senadores y senadoras al Congreso de la Unión no puedan ser reelectas para el
periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato.
Se añade al
mismo que en ningún caso, podrá participar en la elección para presidencia
municipal, las regidurías y las sindicaturas, la persona que tenga o haya
tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección diversos
vínculos con la persona que está ejerciendo la titularidad del cargo para el
que se postula, por lo que, para tales efectos se establecerá la prohibición de
la reelección consecutiva para los cargos antes mencionados, del mismo modo,
cuando tengan el carácter de propietarias no podrán ser electas para el periodo
inmediato en carácter de suplente, no obstante, las que cuenten con carácter de
suplente sí podrán ser electas como propietarias para el periodo inmediato.
En relación a
la minuta enviada por la Cámara de Senadores en materia de conservación y
protección de los Maíces Nativos, se proyecta que el cultivo de maíz en
territorio nacional sea libre de modificaciones genéticas que superen la
barrera natural, como las transgénicas, por lo que deberá ser evaluado de
acuerdo a las disposiciones legales por la bioseguridad, la salud y el
patrimonio biocultural de México y su población.
Por otro
lado, se busca también que el Estado promueva las condiciones idóneas que
permita la generación de empleo, garantizando a la población campesina su
bienestar e incorporación al desarrollo nacional, obras de infraestructura,
servicios de capacitación, investigación, créditos, asistencia técnica, entre
otros, mediante el fortalecimiento de las instituciones públicas nacionales.