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Hoy es domingo, 30 de marzo de 2025

Alistan reforma para exportar pez totoaba; surge controversia

• Las comisiones de Hacienda y de Estudios Legislativos Primera aprobarán una ley que autorizará sólo la venta de la especie “de cultivo”

Alistan reforma para exportar pez totoaba; surge controversia

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Estado de México. - Las comisiones de Hacienda y de Estudios Legislativos Primera del Senado se alistan a aprobar la autorización para la exportación de totoaba de cultivo en cualquiera de sus presentaciones y mantener la prohibición de exportación de totoabas vivas y en vida libre, así como de sus vejigas natatorias.

 

La reforma, polémica, porque algunos grupos ambientalistas la critican, regularizará una realidad que existe en México desde el año 2022 y que ha permitido la comercialización de esa especie marina, que en el mercado internacional tiene un precio de hasta ocho mil dólares por tonelada, de acuerdo con datos del propio gobierno mexicano.

 

El 29 de abril del 2024, la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Impuestos Generales de Importaciones y Exportaciones para permitir la exportación de la totoaba, pero el Senado la recibió hasta el 18 de septiembre del año pasado y de acuerdo con la agenda de trabajo de las comisiones del Senado la aprobarán este martes.

 

La reforma precisa que el término “vida libre” debe entenderse como “las especies silvestres que se desarrollan en libertad dentro de su medio natural; mientras que, el término ‘manejo intensivo’ hace referencia a la cría, a la reproducción, desarrollo y aprovechamiento de ejemplares o poblaciones de especies silvestres en condiciones controladas de cautiverio”.

 

Detalla que “las especies silvestres, tanto de ‘vida libre’ como de ‘manejo intensivo’, quedan sujetas a la regulación específica en la materia de la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, así como a la competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de las demás autoridades en la materia.

 

“Por lo que respecta a las especies silvestres de ‘manejo intensivo’ debe garantizarse la total trazabilidad de su cadena productiva, considerando los siguientes criterios: rango de uniformidad en peso y talla de cada lote de totoaba de producción intensiva al haber desarrollado en un entorno controlado común y cosechadas de acuerdo con el permiso de aprovechamiento vigente.”

 

“Marcaje documental de los individuos en apego a la Norma Oficial Mexicana NOM-169-SEMARNAT-2018, que establece las especificaciones de marcaje para los ejemplares, partes y derivados de Totoaba (Totoaba macdonaldi) provenientes de unidades de manejo para la conservación de vida silvestre.”

 

“Registro en bitácoras, facturas, recibos y contrarrecibos a lo largo de la cadena de transporte por parte de intermediarios, y etiquetas de trazabilidad emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con un código de autorización único en cada lote proveniente de la granja de acuacultura, que resalte la clave del país, clave de la especie, clave de aprovechamiento, número correspondiente de la Unidad de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre, número de lote, mes y año de la autorización del aprovechamiento”, dice.

 

Aclara que “este código generado por la Secretaría debe de ir incluido en las etiquetas y facturas que acompañan cada venta de carne de totoaba”.

 

Incluye un cuadro en el que se indica qué está prohibido para casa, comercialización y exportación y autoriza la exportación de carne de totoaba macdonaldi proveniente de manejo intensivo en cualquiera de sus presentaciones como pescado entero eviscerado o en filete, ya sean refrigerados o congelados, excluyendo huevas y leches y manteniendo la prohibición de exportación de totoabas vivas y en vida libre, así como de sus vejigas natatorias.