• El TEPJF confirmó que no habrá voto de mexicanos en el extranjero durante la elección judicial debido a que el INE no tiene los recursos económicos y materiales para hacerlo
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Estado de
México. - Por tres votos a favor y uno en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que
el INE tiene
razón para no organizar elecciones
judiciales para la ciudadanía residente en el extranjero, debido a
que no tiene los recursos económicos y materiales para realizarlo.
Así lo
votaron la presidenta Mónica Aralí Soto, y los magistrados Felipe Fuentes
Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, quienes, en esta ocasión, coincidieron con
que el INE tiene el pulso logístico de la organización de esas elecciones y si
dice que no se puede por falta de dinero, así debía confirmarse.
En contra
votó el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien consideró que el instituto
tiene la obligación de garantizar el derecho de los mexicanos en el exterior
para ejercer su voto, al menos en las elecciones para ministros de la Suprema
Corto, Sala Superior del Tribunal Electoral y el Tribunal de Disciplina; es
decir, para los cargos nacionales que no tiene territorialidad distrital o
estatal.
Dos aspirantes deberán ser
agregadas a candidaturas del Poder Judicial
Dos
aspirantes más a un cargo en la elección del Poder Judicial deberán
ser agregadas a la lista de candidaturas del Poder Ejecutivo, según decisión de
la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
además de que, a otra persona, se le tendrá que explicar los motivos de su
exclusión.
Durante la
sesión de este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, ordenó al Comité de
Evaluación del Poder Ejecutivo precise a una persona los motivos por los que
fue excluida de la etapa de selección dentro del proceso electoral
extraordinario 2024-2025.
Esta
instancia dejó de informarle al considerar que incumplía con el requisito
consistente en obtener una calificación mínima de nueve o su equivalente, en
las asignaturas relevantes para el cargo al cual se postuló.
A propuesta
de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso y de la magistrada Janine
M. Otálora Malassis, el pleno de este órgano jurisdiccional también ordenó la
inclusión de dos personas actoras en la lista de aspirantes que cumplen con los
requisitos de elegibilidad para el mencionado proceso electoral, ya que existió
una indebida exclusión del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo.
En
consecuencia, el Comité de Evaluación deberá generar adendas para que ambas
personas sean incluidas en el listado de personas elegibles.