• Las minutas fueron turnadas a la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia de la XVII Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur.
La Paz, Baja
California Sur. - En sesión ordinaria de este martes 05 de noviembre, la Mesa
Directiva del Congreso de BCS turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales y
de Justicia, las minutas de reforma constitucional en materia de Bienestar y
Vivienda para las Personas Trabajadoras, remitida por la Cámara de Diputados
del Congreso de la Unión.
La minuta
relativa a la vivienda para las personas trabajadoras, propone reformar los
párrafos primero y actual segundo y adicionar los párrafos segundo, cuarto y
quinto, recorriéndose los subsecuentes en su orden, a la fracción XII del
Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, a fin de que toda empresa agrícola, industrial, minera o de
cualquier otra clase de trabajo, esté obligada a proporcionar a sus personas
trabajadores viviendas adecuadas; así mismo, el sistema de vivienda con
orientación social les permitirá obtener un crédito barato y suficiente para su
adquisición o mejora. También podrá adquirir suelo y construir vivienda en los
términos que fije la ley.
En cuanto, a
la Minuta de Bienestar, se busca reformar el párrafo séptimo y los actuales
párrafos décimos cuarto y décimo quinto del artículo 4°; adicionar los párrafos
décimo quinto y décimo séptimo y el último párrafo al artículo 4°, así como los
párrafos tercero y cuarto a la fracción XX del artículo 27 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de que toda persona
tenga derecho a disfrutar de vivienda adecuada, por lo que las reformas
establecerán los instrumentos y apoyos necesarios, para tales efectos, la
Federación y las entidades federativas garantizarán la entrega de una pensión
no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de sesenta y
cinco años, en los términos que fijen la ley. Cabe precisar que el Estado
destinará anualmente los recursos presupuestarios suficientes y oportunos
conforme al principio de progresividad.