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Hoy es sábado, 23 de noviembre de 2024

Prevén invalidar en Tribunal Electoral reelección de Alejandro Moreno como dirigente del PRI

• La magistrada Janine Otálora presentará un proyecto en el TEPJF a través del cual se invalidaría la reelección de ‘Alito’ Moreno como presidente del PRI

Prevén invalidar en Tribunal Electoral reelección de Alejandro Moreno como dirigente del PRI

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Estado de México. - El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizará si la reelección de Alejandro Moreno como dirigente nacional del PRI se llevó a cabo conforme a la Ley de Partidos.

 

La magistrada Janine Otálora presentará un proyecto en el que se prevé confirmar el impedimento del Instituto Nacional Electoral (INE) para verificar el cumplimiento de los cambios estatutarios del partido tricolor cuando la ley lo impedía.

 

“Pretender que el Instituto Nacional Electoral (INE) resuelva sobre la constitucionalidad y legalidad de los cambios aprobados a los documentos básicos de los partidos políticos, cuando se encuentre en curso el proceso electoral, implicaría destinar recursos humanos y distraer a la autoridad de su actividad sustantiva para sujetarla a que en un plazo breve emita la determinación que en derecho corresponda”, señala el proyecto.

 

En el documento se declararía infundado el agravio argumentado por el PRI sobre la falta de exhaustividad y la indebida fundamentación del artículo de la ley donde se prohibe hacer cambios una vez iniciado el Proceso Electoral.

 

El análisis del proyecto expone que el artículo 34 de la Ley General de Partidos políticos postula que los partidos tienen derecho a modificar documentos básicos mientras no sea durante un proceso electoral; esto tutela a la militancia y al electorado; la restricción es para no materializar los cambios durante un proceso electoral;

 

Esto garantiza certeza y definitividad principios que regulan a los entes políticos; también permite que el INE concentre funciones en la preparación, vigilancia y calificación del proceso electoral federal.

 

“Una excepción a la regla general es que posterior a la jornada electoral, pero previo a la conclusión de la etapa de resultados y calificación de las elecciones se inicien procesos electorales locales que impidan realizar ajustes estatutarios entre los procesos electorales.”

 

“Existe certeza de que la calificación de las elecciones de los procesos electorales federales termina a más tardar el 6 de septiembre, por lo que es con la conclusión el momento a partir del cual se pueden materializar los cambios de los documentos básicos de los partidos políticos nacionales.”