• Con la declaratoria, Morena y sus aliados buscan que la CFE y Pemex sean nuevamente empresas del estado con dominio y prevalencia sobre el sector privado
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Estado de
México. - La Cámara de Diputados dio anoche el primer paso para acabar con la
reforma energética del gobierno de Enrique Peña Nieto, pues publicó la reforma
que coloca a la CFE y a Pemex nuevamente como empresas estatales, con dominio y
prevalencia en el sector energético, que no se concibe más con un sector
productivo.
El pleno de
la Cámara de Diputados hizo la declaratoria de publicidad de la reforma a los
artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, que, además de modificar el
articulado, ordena la eliminación de artículos transitorios que daban forma a
la reforma energética construida en 2013 por el PRI de Enrique Peña Nieto y el
PAN, que entonces encabezaba Gustavo Madero, pero sin especificar cuáles.
“Se derogan
los artículos transitorios del Decreto por el que se reforman y adicionan
diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en Materia Energética, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 20 de diciembre de 2013, que se opongan a las disposiciones
en materia del presente Decreto.
La reforma
quita la denominación de “empresas productivas del Estado” que se les asignó a
la Comisión Federal de Electricidad y a Petróleos Mexicanos, para devolverles
el carácter de “empresas públicas del Estado”.
Dice el
dictamen que “se estima procedente que ahora se introduzca la categoría de
empresas públicas, en lugar de empresas productivas del Estado, ya que las
empresas productivas estatales tienen un perfil de carácter negocial con
participación privada y buscan la generación de rentas como si se tratara de un
agente económico muy próximo al privado, mientras que las empresas públicas
tienen una naturaleza definitivamente pública, de interés sociales y se
orientan a la producción y prestación de bienes y servicios públicos”.
Así, el
sector energético deja de ser concebido como un sector productivo.
Elimina del
artículo 27 Constitucional la autorización para que el Estado pueda contratar
empresas privadas en el sector eléctrico.
Dice que
serán las leyes, ya no desde la Constitución, las que dicten la forma en que
los particulares pueden participar de la industria eléctrica, “que en ningún
caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado, cuya esencia es
cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y
accesibilidad del servicio de electricidad.
“El Estado
queda a cargo de la transición energética y utilizará de manera sustentable
todas las fuentes de energía de las que dispone la Nación, con el fin de
reducir las emisiones de gases y competentes de efecto invernadero, para lo que
establecerá las políticas científicas, tecnológicas e industriales necesarias
para la transición energética y otros impactos ambientales”.
Añade que la
planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional tendrá los objetivos de
“asegurar el servicio de electricidad en toda su cadena de valor, preservar la
seguridad y autosuficiencia energética de la nación y proveer al pueblo de la
electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para garantizar la
seguridad nacional y soberanía a través de la empresa pública del Estados que
se establezca”.
Con la
reforma conocida anoche por el pleno de los diputados federales, diversos
transitorios de la reforma del 2013 quedan en riesgo de eliminación.
El Décimo
Primero transitorio da sustento constitucional a la “contratación para que los
particulares, por cuenta de la Nación, lleven a cabo, entre otros, el
financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de
la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y
distribución de energía eléctrica, en términos de lo dispuesto en este
Decreto”.
De igual
manera, pone en riesgo la existencia del Centro Nacional de Control de Energía,
que fue concebido “como organismo público descentralizado, encargado del
control operativo del sistema eléctrico nacional; de operar el mercado
eléctrico mayorista; del acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la
red nacional de transmisión y las redes generales de distribución, y las demás
facultades que se determinen en la ley y en su Decreto de creación. En dicho
Decreto se establecerá la organización, funcionamiento y facultades del citado
Centro.
“El Decreto
proveerá lo conducente para que la Comisión Federal de Electricidad transfiera
los recursos que el Centro Nacional de Control de Energía requiera para el
cumplimiento de sus facultades”, dice actualmente el régimen transitorio de la
reforma energética concretada hace 11 años.
Además, al
quitar el concepto de empresas productivas del Estado, retira de la
Constitución que el objeto de esas empresas es “la creación de valor económico
e incrementar los ingresos de la Nación, con sentido de equidad y
responsabilidad social y ambiental”.
Que “cuenten
con autonomía presupuestal y estén sujetas sólo al balance financiero y al
techo de servicios personales que, a propuesta de la Secretaría del ramo en
materia de Hacienda, apruebe el Congreso de la Unión. Su régimen de
remuneraciones será distinto del previsto en el artículo 127 de esta
Constitución”.
Pero, además,
pone en riesgo las disposiciones constitucionales en materia de contratos de la
industria de hidrocarburos con los particulares, porque modifica la
denominación jurídica de Pemex.