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Hoy es sábado, 23 de noviembre de 2024

Segob explica resoluciones de validez contra juicios de inconformidad en la elección presidencial

• Según informó Alcalde, el día de ayer se declaró por unanimidad la validez de la elección presidencial el pasado 02 de junio, luego de que se resolvieran los juicios promovidos en relación a dicho proceso democrático.

Segob explica resoluciones de validez contra juicios de inconformidad en la elección presidencial

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Estado de México. - Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, explicó este martes durante la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador, la resolución de validez de la elección presidencial presentada el lunes por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial.

 

Según informó Alcalde, el día de ayer se declaró por unanimidad la validez de la elección presidencial el pasado 02 de junio, luego de que se resolvieran los juicios promovidos en relación a dicho proceso democrático.

 

Estas resoluciones fueron en relación a los juicios de inconformidad promovidos por la ex candidata presidencial por la coalición Fuerza y Corazón por México (PRI-PAN-PRD), Xóchitl Gálvez Ruíz.

 

Gálvez, junto a los partidos de su alianza, impugnaron la elección, pero por mayoría de votos se desechó la demanda por “carecer de interés jurídico, en virtud de que la excandidata no solicitó de forma expresa la nulidad de la elección, sino que su pretensión se centró en obtener una resolución declarativa de responsabilidad”.

 

Por tanto, no correspondía a la naturaleza del recurso promovido y se desechó.

 

La segunda demanda fue en función de los agravios expresados por los tres partidos para acreditar la nulidad de la elección, algo que fue calificado como “infundado en virtud de que no acreditaron de forma alguna sus pretensiones ya que las pruebas que se ofrecieron fueron insuficientes”.

 

“Mayormente crecieron vínculos electrónicos, de documentos privados que consistieron, principalmente, en notas periodísticas, en reportajes, en videos.”

 

Sobre la violencia generalizada o la incidencia del crimen organizado que denunció la oposición, “se consideró que se trató de situaciones de violencia aislada o focalizada en lo municipal o local, que no incidieron en los de la elección presidencial”.

 

Por otro lado, resolvieron como “infundado” el alegato consistente en la supuesta intervención e indebida de diversos sindicatos en favor de la candidata Claudia Sheinbaum al tratarse de un “argumento genérico”.

 

En uno de los temas electorales más polémicos, sobre la supuesta participación indebida por parte de personas servidoras públicas, “en especial del titular del Ejecutivo, es decir el presidente de la República”, en las mañaneras, Alcalde destacó que, si bien en 34 se destacó que existieron “expresiones relacionadas con el proceso electoral”, no fue suficiente para acreditar la intervención.

Sobre el reiterado argumento de que se condicionó el voto con el uso de los programas sociales, los magistrados concluyeron que no hubo existencia del “uso indebido de programas sociales, ni la coacción, ni compra de votos”.

 

Finalmente, tras estas resoluciones, Alcalde reiteró que este jueves 15 de agosto, Sheinbaum recibirá su constancia de mayoría en la elección presidencial y reconociéndose oficialmente como presidenta electa.

 

“Un momento histórico para nuestra democracia”, cerró la titular de la Segob.

 

“No es suficiente para tener por acreditada una intervención sistemática y reiterada al referirse a acontecimientos aislados. De acuerdo con la magnitud de la participación electoral, no afectaron en la elección.