• Por 4 votos contra 2, los magistrados rechazaron anular 66 casillas en las que personas ajenas a la sección electoral asumieron el conteo de los sufragios
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Estado de México.
- Al desahogar 240 impugnaciones contra las votaciones del pasado 2
de junio, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) rechazó anular 66 casillas donde personas ajenas a
la sección electoral fungieron como funcionarios de casilla, lo cual es una
causal de nulidad.
Por cuatro
votos contra dos, los magistrados justificaron su decisión al
argumentar que el PRD no proporcionó el nombre completo de esas
personas y, aunque violaron la ley electoral, los integrantes
del TEPJF no pueden ponerse a investigar los nombres de los
infractores.
Con esto,
confirmaron el resultado de los cómputos en 161 distritos electorales
federales impugnados, relacionados con la renovación de la Presidencia.
La magistrada
Janine Otálora había propuesto anular 29 casillas y el
magistrado Reyes Rodríguez, otras 37. Sin embargo, no contaron con el
apoyo de las magistradas Mónica Soto y Claudia Valle, así como los
magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata.
Además, desecharon
78 juicios de inconformidad, algunos por haberse presentado de forma
extemporánea, otros por falta de firma autógrafa y otros más porque la persona
que presentó el medio de impugnación fue el representante del partido ante el Consejo
General del Instituto Nacional Electoral, pero quien debía presentarlo era el
representante del partido en el Consejo Distrital. Esto, al ser el órgano
responsable del cómputo controvertido.
Así, se
ratifican los resultados de los comicios pasados sin una sola
modificación, por lo que el triunfo
de Claudia Sheinbaum se mantiene con 35.9 millones de votos, 59% de las
preferencias electorales.
CONFIRMAN
TRIUNFO DE CLAUDIA SHEINBAUM
Al desahogar
240 impugnaciones interpuestas en su mayoría por la oposición, en
contra de votaciones en casilla, las magistradas Mónica Soto y Claudia
Valle, así como los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata,
rechazaron anular 66 casillas donde personas ajenas a la sección
electoral fungieron como funcionarios de casilla, lo cual es una causal de
nulidad.
Con este
hecho confirmaron, por mayoría de votos, y sin ninguna modificación, el
resultado de los cómputos en 161 distritos electorales federales
impugnados relacionados con la renovación de la Presidencia de los Estados
Unidos Mexicanos.
Al resolver
240 juicios de inconformidad de la elección
presidencial del 2 de junio de 2024, se consideró que las peticiones de
nulidad de votación por parte de los partidos que controvirtieron los
resultados de los cómputos distritales resultaron infundadas e inoperantes, en
particular respecto de la causal relacionada con la integración indebida de las
mesas directivas de casilla.
Asimismo, se
desecharon 78 juicios de inconformidad, algunos por haberse presentado de forma
extemporánea, otros por falta de firma autógrafa y, otros más, porque la
persona que presentó el medio de impugnación fue el representante del partido
ante el Consejo
General del Instituto Nacional Electoral y quien debía presentarlo era
el representante del partido en el Consejo Distrital, al ser el órgano
responsable del cómputo controvertido.
Sobre las 66
casillas propuestas para anulación por la magistrada Janine
Otálora (29 casillas) y del magistrado Reyes Rodríguez (37
casillas), las restantes cuatro magistraturas se negaron a votar en favor
porque el PRD no dio el nombre completo de las personas infractoras,
y aunque violaron la ley electoral, las cuatro magistraturas aclararon que
no se pueden poner a investigar los nombres de los infractores.
El
magistrado Reyes Rodríguez Mondragón explicó que era un asunto de
“sentido común” vincular los puestos de los infractores en las casillas y en un
sentido más “amplio, más garante de la ley”, se podía modificar un criterio de
2018, aunque consideró que más que modificar el criterio se estaría
“complementando, estaría evolucionando”.
En respuesta
Soto señaló que “no coincido que se trate de resolver con sentido común, sino
con un sentido legal, y así es como está establecido, tienen que aportarse por
parte de los partidos políticos que impugnan nombre, apellido y, por supuesto,
pues el número de casilla y demás datos que se requieran para la inmediata y
certera identificación de la persona que están impugnando por haberse
desempeñado como funcionaria o funcionario de casilla”.
De esta
manera confirmaron los resultados de la pasada elección sin una sola
modificación, por lo que el triunfo de Claudia Sheinbaum se mantiene
con 35.9 millones de votos.