• El objetivo es definir el porcentaje permitido para el polarizado de los cristales en los vehículos; propone también expedir un distintivo para quienes por razones médicas requieran un polarizado mayor al permitido en la norma
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La Paz, Baja
California Sur. - Con la finalidad de que exista mayor claridad en la Ley de
Tránsito Terrestre del Estado y Municipios de Baja California Sur (BCS) en
relación al grado de polarizado de los cristales en los vehículos, el ciudadano
Venustiano Pérez Sánchez, presentó al pleno iniciativa mediante la cual propone
reformar y adicionar el artículo 23 de la Ley en comento.
En ese tenor,
el iniciador puntualizó que lo que se busca es que quienes acrediten en su
tarjeta de circulación enfermedades o padecimientos médicos podrán polarizar el
vidrio frontal del vehículo; así mismo, que las ventanas laterales y traseras
puedan ser oscurecidas hasta el 20% de transmisión de luz visible hacia el
interior, y mayor de 20% cuando se requiera por razones médicas, debidamente
acreditadas y constatadas en la tarjeta de circulación.
En la
exposición de motivos el promovente plantea que la Ley de Tránsito Terrestre
del Estado y Municipios de Baja California Sur hace una interpretación errónea
y excesiva de las disposiciones que regulan el tema del polarizado, teniendo
como consecuencia actos de molestia en la ciudadanía que hace uso del mismo en
los vidrios laterales de sus vehículos, significando, además, un perjuicio
económico a sus bolsillos, por las multas aplicables a dicha norma.
Señala
también, una falta de uniformidad en los reglamentos municipales de tránsito y
vialidad de los cinco ayuntamientos, en los parámetros que indica la Ley de
Tránsito Terrestre del Estado y Municipios de BCS, “no existe un criterio
uniforme en los reglamentos lo que da un trato desigual a los ciudadanos,
además de que no consideran a las personas con discapacidad y que por una
afección médica puedan requerir un polarizado en sus vehículos”, aseveró.
Venustiano
Pérez Sánchez, precisó que el artículo que se propone reformar no establece
ninguna graduación específica para el polarizado de las ventanas laterales y
vidrio trasero, razón por la cual la iniciativa en mención propone establecer
el tope en el porcentaje para la transmisión luminosa hacia el interior de los
vehículos en vidrios laterales y traseros.