• La alcaldesa reafirmó que su administración no actuará en contra del decreto que prohíbe la presencia de vendedores ambulantes en el primer cuadro de la ciudad y la zona dorada, por lo cual, señaló que garantizarán un tránsito más seguro y justo para la ciudadanía que acude a sus actividades recreativas.
La
Paz, Baja California Sur.- A casi un año de haberse evidenciado la presencia de
vendedores ambulantes en las banquetas del malecón de La Paz, la alcaldesa
Milena Paola Quiroga Romero reiteró que su administración respetará el decreto
que impide que cualquier vendedor se coloque en el primer cuadro de la zona
dorada, establecido durante el mandato de Esthela Ponce Beltrán.
"Hay
un decreto que ya tiene tres administraciones, acuerdos que se han tomado y que
nosotros respetamos. No puede haber ambulantaje en el malecón y en el primer
cuadro de la ciudad, que es el centro, por obvias razones. Es algo que se ha
respetado en administraciones pasadas y en la nuestra también. Esto ha
permitido que se transite con tranquilidad y sin que haya competencia desleal
entre unos y otros" indicó la primer edil.
·
Impacto y reacciones
Esta
medida fue bien recibida por los comerciantes formales, quienes ven en ella una
forma de mantener un orden que evite que se practiquen actos de competencia
desleal; sin embargo, algunos vendedores ambulantes expresaron su preocupación
y molestia por las limitaciones que impone el mencionado reglamento, al
considerar que su actividad no afecta a los que se encuentran establecidos,
justificando que sobre la vía pública en la zona se encuentra una importante
cantidad de ciudadanos y turistas, quienes tienen el poder de decisión sobre
sus consumos.
·
¿Qué dice el Reglamento Municipal?
De
acuerdo con el Reglamento Municipal para el Comercio en la vía pública del
municipio de La Paz, vigente en 2024, establece claramente las restricciones
para los vendedores ambulantes:
Artículo
8: La autoridad Municipal no autorizará nuevos permisos para comerciantes con
puestos semifijos en la Ciudad de La Paz, en la zona señalada como el primer
cuadro, delimitada por la avenida José María Morelos y Pavón al Norte, Calle
Ignacio Allende al Sur, la avenida Ignacio Altamirano al Este, y Paseo Álvaro
Obregón al Oeste, así como en la zona del malecón y en avenidas y arterias
principales de la Ciudad.
Artículo
9: Los comerciantes ambulantes en puestos semifijos no podrán estacionarse
frente a parques, jardines, iglesias, hospitales y edificios públicos. Deberán
ubicarse a 20 metros de distancia de estos lugares, siempre y cuando no estén
dentro de la zona prohibida por el artículo anterior.
Además,
se les prohíbe estacionarse en las aceras donde la guarnición sea de color
rojo, amarillo, verde y en lugares destinados a paradas de autobuses o
cocheras, así como en las esquinas de las calles.
Por
lo anterior, Quiroga Romero sostuvo que continuará ejerciendo medidas de
seguridad en contra de quien no acate el citado documento, al explicar que éste
debe hacerse respetar y cumplir para mantener el equilibrio entre el desarrollo
económico y el orden urbano de la ciudad.