• La presidenta de la Comisión, Ramos Hernández, recordó que en caso de existir inconformidad por las iniciativas que apruebe el Congreso del Estado, como la de las infancias Trans, la ciudadanía inconforme tiene la posibilidad de impugnarlas.
La Paz,
Baja California Sur.- En respuesta a las expresiones de la dirigencia del
Frente Nacional por la Familia (FNF) en Baja California Sur (BCS), en las que
criticaron la reciente reforma a la Ley de Infancias Trans aprobada por el
Congreso del Estado, Charlene Ramos Hernández, presidenta de la Comisión
Estatal de Derechos Humanos (CEDH), advirtió que aunque la libertad de
expresión es un derecho fundamental, también tiene límites que deben
respetarse.
Subrayó
que todos los derechos humanos, incluida la libertad de expresión, tienen
límites, especialmente cuando estas expresiones incitan al odio; además,
recordó que las autoridades tienen la obligación de regular y legislar para
todas las personas, asegurando que la democracia también tiene sus límites y en
caso de inconformidad, se pueden presentar las impugnaciones legales en contra
de las leyes aprobadas.
“Cuando
esta libertad de expresión se excede y empieza a incitar al odio hacia un
sector de la población, evidentemente traspasa lo que implica el derecho a la
libertad de expresión y empieza un ejercicio violento […] existe la posibilidad
jurídica de que se presenten las impugnaciones correspondientes, conforme los
procesos, y en dado caso, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) y los sistemas
judiciales pueden revisar esta nueva legislación”.
La
presidenta mencionó que aunque no han recibido quejas o registros formales de
incitaciones al odio en su periodo, están preparados para acompañar cualquier
situación de este tipo.
“No
tenemos conocimiento como tal de registros y/o quejas en esta parte de la
Comisión Estatal de Derechos Humanos en mi periodo de presidencia. Si hubiera
alguna situación de esa naturaleza, por supuesto, hubiéramos hecho el
acompañamiento correspondiente”.
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Antecedentes
de la Reforma
Ramos
Hernández recordó que la reforma a la Ley de Infancias Trans se derivó de una
acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de Derechos
Humanos (CNDH), la cual señalaba que el Código Civil anterior discriminaba a
menores de edad al impedirles cambiar su documentación para reflejar su
identidad de género. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había
determinado que esta legislación violaba derechos humanos, por lo que ordenó al
Poder Legislativo realizar las correcciones necesarias.
“Recordemos
que el procedimiento anterior deviene de la acción de inconstitucionalidad que
presentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que señalaba que el
Código Civil solo permitía a mayores de edad cambiar su documentación para
reflejar su identidad de género. La Corte determinó que esta legislación era
violatoria de derechos humanos y ordenó al Poder Legislativo realizar las
correcciones necesarias para eliminar esa discriminación”.