• Los presidentes nacionales del PRI, Pedro Joaquín Coldwell y Enrique Ochoa Reza, con el respaldo de Dulce María Sauri y Manlio Fabio Beltrones impugnaron la convocatoria.
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Estado de México.
- Los presidentes nacionales del PRI, Pedro Joaquín Coldwell y Enrique Ochoa
Reza, con el respaldo de Dulce María Sauri y Manlio Fabio Beltrones impugnaron
la convocatoria al proceso de elección interna del partido, que permitirá la
reelección de Alejandro Moreno Cárdenas el 11 de agosto, y piden que se
suspenda el proceso, pues está basado en los resolutivos de la XXIV Asamblea
Nacional que están impugnados, amén que el Instituto Nacional Electoral (INE)
no los ha validado.
El viernes 12
de julio el presidente de la Comisión de Procesos Internos del PRI emitió la
convocatoria para el proceso interno ordinario de elección de las personas
titulares de la presidencia y de la secretaría general del CEN del PRI para el
periodo estatutario 2024-2028, conforme a los estatutos reformados el pasado 7
de julio y para que los comicios se realicen el 11 de agosto, por parte de la
Asamblea de los Consejeros Nacionales.
Enrique Ochoa
Reza y Pedro Joaquín Coldwell, con el respaldo de Dulce María Sauri Riancho y
Manlio Fabio Beltrones, consideraron que la emisión de la convocatoria es
totalmente ilegal, al contravenir expresamente lo previsto los artículos 173,
párrafo 2 de los Estatutos y 14, párrafos 1 y 4 del Reglamento para la Elección
de Dirigentes, en tanto su publicación coincide con los procesos electorales
federal y en las entidades federativas.
Explican que
“si bien, se tiene conocimiento que la normativa electoral y las sentencias de
esa Sala Superior han sido constantes en determinar que no existe la suspensión
de los actos en materia electoral, se solicita que se realice una interpretación
sistemática y funcional de las disposiciones que se estiman vulneradas y, los
efectos que se podrían generar con el presente juicio puesto en su
conocimiento, para el efecto de que se determine la suspensión correspondiente.
“Las
consecuencias que podría generar el no suspender los actos reclamados hasta que
se resuelve el fondo del asunto por parte de esa autoridad, podría ocasionar
que se lleve a cabo un proceso de renovación sobre la base de normas
estatuarias que no han entrado en vigor para efectos generales, mismas que el
INE podría determinar inconstitucionales e ilegales en el momento oportuno y,
con ello, retrotraer los efectos de dicho proceso como si no se hubiere
realizado.
“Circunstancia
que implicaría una afectación irreparable a los derechos político electorales
de la ciudadanía que se han precisado en el agravio quinto, además de un
detrimento al patrimonio de nuestro partido, mismo que recibe financiamiento público.
“Además,
existe la posibilidad de que se permitiera la reelección del presidente del Comité́
Ejecutivo Nacional, en contravención del principio republicano y de no reelección”,
dice la impugnación presentada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación (TEPJF).