• Ley de Infancias Trans.
Con el tema
de hoy, pretendo meterme en un terreno tan delicado como escabroso, pero
importante y actual.
Tema que
inclusive, tiene que ver con LGTBIQ+.
Y cuyo
acrónimo engloba toda la diversidad de orientaciones sexuales, identidades y
expresiones de género que existen hasta hoy y que designan al colectivo
compuesto por lesbianas, gays, transgéneros, transexuales, bisexuales,
intersexuales, que y el resto de identidades y orientaciones incluidas en el +.
Lo que indica que el colectivo continúa en crecimiento constante.
Sin embargo,
con la entrega de hoy, mas bien pretendo centrarme en la Ley Trans Infantil que
precisamente hace algunos días entró en vigor aquí y que tras ser aprobada, fue
publicada en el Diario Oficial de BCS.
Y sobre la
cual, el gobernador del Estado, Víctor Castro Cosío, fue muy claro al asegurar
que, no habrá ningún veto.
Y dijo la
razón: “la Suprema Corte ya dio su veredicto”.
Agregando:
“ahora hay que publicarla para que ya entre en vigor y se respete este derecho
humano”.
Pero, ¿Qué es
la Ley Trans Infantil...?
En síntesis
es un documento que deja en claro que los mayores de 16 años podrán cambiar su
sexo ante el registro sin requisitos.
En el mismo
caso, los que tienen entre 14 y 16 podrán hacerlo con el consentimiento de sus
progenitores, en tanto los adolescentes de 12 a 14 necesitarán un aval
judicial, mientras que los menores de 12 años no lo podrán hacer.
Y, ¿qué
permite la Ley Trans...?
Esta Ley
tiene por finalidad garantizar y promover el derecho a la igualdad real y
efectiva de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales,
Etc., así como de sus familias.
Ahora bien,
el objetivo de la presente ley es desarrollar y garantizar los derechos de
estas personas, erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar
que se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de
género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena
libertad.
De igual
manera, dicha ley define las políticas públicas que garantizarán los derechos
de las personas LGTBI y remueve los obstáculos que les impiden ejercer
plenamente su ciudadanía.
Y así mismo
recoge una demanda histórica de las asociaciones LGTBI, que durante décadas han
liderado e impulsado la reivindicación de los derechos de estos colectivos.
De hecho,
esta Ley supone un importante avance en el camino recorrido hacia la igualdad y
la justicia social que permite consolidar el cambio de concepción social sobre
las personas que se engloban en LGTBI.
Además, ello
pasa por crear referentes positivos, por entender la diversidad como un valor,
por asegurar la cohesión social promoviendo los valores de igualdad y respeto y
por extender la cultura de la no discriminación frente a la del odio y el
prejuicio.
Que quede muy
claro, la igualdad y no discriminación es un principio jurídico universal
proclamado en diferentes textos internacionales sobre derechos humanos,
reconocido además como un derecho fundamental en nuestro ordenamiento jurídico.
El artículo 2
de la Declaración Universal de Derechos Humanos declara que toda persona tiene
los derechos y libertades proclamados en ella, sin distinción alguna de raza,
color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición.
En síntesis,
el gobernador Castro Cosío, respetuoso de las decisiones de una institución
como es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, debe adoptar su postura
simplemente de aceptación, y es lo que deben también comprender los
sudcalifornianos.
Por otro
lado, le asiste la razón cuando afirma que en este caso los menores siempre van
a estar acompañados de los padres.
Y más aún
cuando dice que “ha habido la intención de que es un ataque a la niñez, y todo,
una campaña de ciertos grupos que no entienden que los derechos humanos también
son de las niñas y de los niños”.
También, dejó
claramente establecido que: “cuando inicien un juicio para su cambio de nombre,
los padres tendrán que dar su anuencia”.
Es decir,” no
será un niño que llegue solo al juzgado, y todas estas cosas que han
tergiversado algunos grupos, que yo los respeto mucho, es su punto de vista, su
derecho ciudadano, pero también es el derecho de las niñas y los niños”.
Ahora bien,
el gobernante está abierto y dispuesto a dialogar con esos grupos que están en
contra de esta ley.
Tan es así
que adelantó que si sostendrá una reunión con el Frente Nacional por la
Familia, cuya agrupación había exigido un veto para esta nueva Ley, insistiendo
el mandatario: “yo los voy a convocar de acuerdo a mi agenda”.
Sin embargo,
fue muy claro al decir: “yo no quiero verme envuelto en un reclamo judicial, el
veto me trae como consecuencia que me sancione la Corte a mí, porque el
Congreso hizo lo que le ordenó la Corte”.
En pocas
palabras, la multicitada ley ya entró en vigor desde el pasado viernes 5 de
julio.
Cuestión de
tiempo.