• La XVI Legislatura aprobó tipificar la violencia vicaria como delito autónomo, sin necesidad de considerarse como incremento de la penalidad bajo el supuesto de acreditarse la violencia familiar
La Paz, Baja
California Sur. - La XVI Legislatura del Congreso del Estado aprobó por
unanimidad el dictamen presentado por la Comisión Permanente de Puntos
Constitucionales y de Justicia, que tipifica la violencia vicaria como delito
autónomo, relativo a la iniciativa propuesta por la diputada María Luisa Ojeda
González que reforma el artículo 200 y adiciona un artículo 200 Bis al Código
Penal para el Estado de Baja California Sur.
Lo anterior
luego de que, la comisión dictaminadora considerara procedente la iniciativa ya
que, el Título Séptimo “Delitos cometidos entre integrantes de la familia y
delitos por discriminación contra la dignidad de las personas” del Código Penal
estatal en el Capítulo I “Violencia Familiar”, no reconoce expresamente a la
violencia vicaria, tal y como se encuentra definida en la Ley de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado (Título Segundo de los
“Tipos y modalidades de violencia contra las mujeres”, Capítulo I, Artículo
4°).
La diputada
iniciadora precisó que el texto enmarcado del delito de violencia familiar en
el artículo 200, ocasiona diversos problemas de interpretación a las y los
operadores jurídicos como a las víctimas denunciantes, en específico el delito
de violencia vicaria, como: a) confusión por quienes pretenden denunciar por
conductas ya conocidas como violencia vicaria y al acudir con la autoridad
procuradora de justicia, se encuentren con que no existe el delito
expresamente, encuadrándolo en el tipo de violencia familiar; b) Grave error
legislativo, al restarle importancia al omitir la denominación correcta a la
conducta, tal como se le conoce a nivel nacional e internacional; y c) La falta
de uniformidad que conserva el Código Penal, puesto que la totalidad de los
delitos que se tipifican en él, son señalados de manera clara con la
denominación de delito autónomo.
Por lo que, a
fin de proporcionar certeza jurídica al definir y tipificar este tipo de
violencia como delito autónomo, se consideró procedente, quedando un precedente
histórico.