• Se trata del Lic. Carlos Fabián Cota Toyes, Dr. Carlos Enrique Soto León, Lic. Francisco Antonio Lucero Salvatierra y la Lic. Francisca Martínez Márquez, quienes de acuerdo a los puntajes obtenidos en el ProPAPAJ, serán promovidos de Asesor Parlamentario a la Categoría de Asesor Jurídico.
La Paz, Baja California Sur.- El pleno del Congreso del Estado de Baja
California Sur aprobó el acuerdo presentado por la Junta de Gobierno y
Coordinación Política (Jugocopo) mediante el cual se promoverá y asignará la
categoría de Asesor Jurídico a los siguientes trabajadores: Lic. Carlos Fabián
Cota Toyes, Dr. Carlos Enrique Soto León, Lic. Francisco Antonio Lucero
Salvatierra, Lic. Francisca Martínez Márquez; dicha promoción, asignación y
nombramiento se otorga sin perjuicio y menoscabo alguno de su antigüedad,
estabilidad e inamovilidad laboral, así como derechos, prestaciones y
condiciones laborales previamente adquiridos.
La promoción
de Asesor o Asesor Parlamentario a la asignación de la Categoría de Asesor
Jurídico, implicará para los promovidos de una percepción económica de una
cantidad mayor a la que reciba el asesor parlamentario con el sueldo más alto,
siendo en este caso el Lic. Pedro Ultiminio Garza Coronel. Cantidad que se
determinó en sesión de fecha 15 de marzo de 2024 por el Pleno de la Jugocopo,
esta percepción económica será efectiva a partir de la primera quincena del mes
de abril del año 2024.
Es importante
establecer que los promovidos de conformidad con el Articulo 80 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de BCS, acreditaron que a través de
los años invariablemente han desarrollado las funciones consignadas en el
artículo en referencia y que todos son profesionistas de la Licenciatura en
Derecho, por lo que cuentan con las aptitudes, competencias y capacidades que
definen y reúnen el perfil para desempeñarse como asesores jurídicos; cabe
señalar que, la Jugocopo aprobó en sesión ordinaria de fecha 29 de noviembre de
2023, el Programa para la Promoción de Asesores Parlamentarios a Asesores
jurídicos (ProPAPAJ).
Lo anterior
de conformidad con los numerales 62, 63 y 64 de la Constitución Política del
Estado de BCS, y los artículos 41 y 42, fracción V de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de BCS, y 1°, 2°, 3°, 12 y 13 de la Ley de los
Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios del Estado de
BCS, y con apoyo en el Programa para la Promoción de Asesores Parlamentarios a
Asesores jurídicos (ProPAPAJ).