• La propuesta legislativa proviene de los diálogos que ha sostenido con la sociedad, específicamente del Grupo Reflexión A.C.
La Paz, Baja
California Sur.- Con la finalidad de fortalecer el patrimonio de las familias
sudcalifornianas, la Diputada Eda Palacios Márquez presentó una iniciativa para
incorporar al Código Civil el concepto de patrimonio familiar, y establecer que
los poderes Ejecutivo y Judicial del Estado deberán instrumentar en el mes de
marzo de cada año, una campaña especial en la que se invite a los ciudadanos
del Estado a registrar el patrimonio familiar, y se les informe de la
importancia de este trámite, la facilidad de tramitarlo ante un juez del fuero
común y la gratuidad de su registro ante el Registro Público de la Propiedad y
con ello, animar a las familias sudcalifornianas para constituir y
posteriormente registrar su patrimonio familiar para que no sea sujeto de
embargo o gravámenes.
En tribuna,
la legisladora del municipio de Los Cabos expuso que la propuesta legislativa,
proviene de los diálogos que ha sostenido con la sociedad, específicamente
recibió la propuesta del Grupo Reflexión A.C. para legislar en este aspecto,
que está instituido desde el año 1975 en la Constitución estatal, la cual
incorporaron los Diputados Constituyentes.
En la
iniciativa se define al patrimonio de familia, como una institución de interés
público integrada por un conjunto de bienes y derechos destinados a la
protección económica, satisfacción de necesidades elementales y sostenimiento
del hogar y de la familia.
Señaló que el
registro del patrimonio familiar ante un juez del fuero es bastante ágil, pues
bastará acreditar documentalmente ante el juez la propiedad de los bienes que
se deseen decretar como patrimonio familiar, para el juez en un plazo máximo de
15 días naturales emita la resolución una vez que se acrediten los requisitos
establecidos, sin necesidad de audiencia testimonial, para posteriormente
registrar esa resolución ante el Registro Público de la Propiedad y tenga
efectos contra cualquier tipo de gravamen o embargo, requisito que por ley es
gratuito.
Agregó que
dentro de los bienes que pueden integrar el patrimonio familiar, están la
vivienda, una parcela cultivable, el mobiliario de uso doméstico para las
personas en general, mientras que tratándose de familias campesinas, lo serán
además de la vivienda, el equipo agrícola, considerándose como tal, los
semovientes, las semillas, los útiles, implementos y aperos de labranza; para
el caso de familias cuyo integrantes o jefes de familia desarrollen un arte u
oficio, además de la vivienda lo serán el equipo de trabajo, considerándose
como tal, la maquinaria, los útiles, las herramientas y en general toda clase
de utensilios propios para el ejercicio del arte u oficio a que la familia se
dedique.
En el caso
específico de los pescadores, además de la vivienda se consideran como tales
las embarcaciones, motores y demás artes de pesca; tratándose de familias que
dependan económicamente de un profesionista, técnico o intelectual, además de
la vivienda, el equipo de trabajo, considerándose como tal, los libros,
escritos, útiles, aparatos e instrumentos científicos y en general toda clase
de utensilios propios para el ejercicio de la profesión a que se dedique quien
sostenga la familia, y tratándose de trabajadores del volante y transportistas,
cuando constituya la única fuente de ingresos, el vehículo de su propiedad en
que presta el servicio público, siempre y cuando sea dueño de un solo vehículo
y el derecho a la concesión de las placas, cuando sea titular de una sola
concesión, todo lo anterior sumado a la vivienda y su menaje de casa.
“Una vez que
el patrimonio de familia sea constituido y decretado por un juez, la familia
queda protegida de problemas económicos que aparecieren por causa de la
actividad que desempeñe el jefe o jefa de familia, como son la adquisición de
deudas, que al exigirse judicialmente invariablemente tendrían como efecto el
embargo de la casa, vehículo, que causaría un daño irreversible, dejando
desprotegidos e imposibilitados para subsistir no solo al jefe o jefa de
familia, sino a sus hijos y a quienes integran las familias, siendo una de las
muchas hipótesis que amenazan el patrimonio familiar”, aseguró la legisladora.
También
propuso eliminar la disposición de Ley de Derechos y Productos del Estado que
no había sido armonizada, donde todavía aparece que el trámite tenía un costo
de $469.00 lo que contraviene los que dispone el Código Civil de la gratuidad
del trámite.