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Hoy es sábado, 23 de noviembre de 2024

El INE revisará que candidaturas cumplan con los ocho requisitos contra la violencia de género

• En caso de que algún aspirante incurra en falsedad de declaraciones, el INE dará vista a las autoridades respectivas y le negará su registro.

El INE revisará que candidaturas cumplan con los ocho requisitos contra la violencia de género

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Estado de México. - El Instituto Nacional Electoral (INE) informó que verificará que las postulaciones realizadas por los partidos políticos a los cargos federales cumplan con la reforma constitucional aprobada en 2023 y no hayan sido sancionadas, con sentencia firme, por alguno de los ocho supuestos de violencia de género.

 

En un comunicado, aseguró que esta acción tiene como objetivo “garantizar la paridad de género y el respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral”.

 

El INE se asegurará de que las personas que encabecen las candidaturas no tengan una sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales.

 

Que tampoco hayan sido condenadas con sentencia firme por afectar el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar o violencia familiar equiparada o doméstica; por violación a la intimidad sexual; por violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), en cualquiera de sus modalidades y tipos, y que no hayan sido declaradas como persona deudora alimentaria morosa.

 

La reforma constitucional aprobada el año pasado señala que ninguna persona podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público, de encontrarse en alguno de los ocho supuestos antes mencionados.

 

“En este proceso electoral, se realizará el análisis del total de las candidaturas a la Presidencia de la República, las senadurías y las diputaciones federales, a fin de determinar si pueden ser procedentes”, señaló.

 

El INE detalló que el procedimiento de revisión se dividirá en diversas etapas, por lo que las candidaturas presentadas por los partidos políticos deberán anexar la declaración de aceptación, que a su vez incluye el formato mediante el cual se declara, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, que no se está en alguno de los ocho supuestos.

 

Una vez que la lista de candidaturas sea aprobada por el Consejo General del organismo, se publicará la misma para que las y los ciudadanos la revisen y, en caso de detectar que alguna no cumple con los requisitos, puedan denunciarlo mediante un formulario en la página de internet del Instituto, así como de forma física en los consejos locales y distritales.

 

A partir del próximo 2 de marzo, se elaborarán y notificarán los requerimientos de información a diversas instancias, a fin de solicitar sentencias firmes de las personas aspirantes, relacionadas con los ocho supuestos.

 

Actualmente, 15 entidades poseen un registro de estos supuestos (Ciudad de México, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Estado de México, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas), a los que se solicitará la información, mientras que en el resto se hará a los tribunales superiores de justicia de cada estado.

 

La información deberá ser remitida al INE a más tardar el 2 de abril, con el objeto de que la autoridad electoral “realice el análisis correspondiente y cuente con los elementos suficientes para determinar la resolución procedente”.

“En caso de que, derivado de dicha resolución, el INE tenga conocimiento de que alguna persona candidata incurrió en falsedad de declaraciones, dará vista a las autoridades respectivas y negará dichas candidaturas”, advirtió.