• La reforma al artículo 87 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente también estipula la esterilización gratuita de animales.
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Estado de México. - A partir
del decreto publicado el 24 de enero de 2024 en el Diario Oficial de la
Federación, la creación de veterinarias gratuitas por parte de los
gobiernos estatales y municipales del país quedó asentada en el artículo
87 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Estas
clínicas no solo deben brindar servicios de atención médica preventiva,
sino también ofrecer tratamientos médicos avalados por profesionales
veterinarios en caso de enfermedad.
Asimismo,
la entrada en vigor de este decreto establece la responsabilidad de
las entidades federativas en coordinación con los municipios y
alcaldías para asegurar el cumplimiento de estas disposiciones.
Adicionalmente,
la reforma estipula la esterilización gratuita de animales y su
tratamiento digno en los centros de control animal.
“En un
plazo máximo de 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del
presente Decreto, y para su cabal cumplimiento, los Congresos de las entidades
federativas deberán hacer los ajustes que estimen necesarios en su
legislación local “, dice el segundo artículo transitorio del decreto.
Sin
embargo, el tercero transitorio establece que el establecimiento de Clínicas
Veterinarias Públicas “estará sujeto a la disponibilidad
presupuestaria de las entidades federativas y los municipios en cada
ejercicio fiscal”.