• La entrega de los RFC a la comunidad de migrantes, que arribó a México con la intención de llegar a Estados Unidos.
Estado de México. - El
Servicio de Administración Tributaria (SAT) brindó atención prioritaria a 6,636
migrantes que tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como
personas físicas, un documento que les permite trabajar en la industria
maquiladora en Tijuana, Ciudad Juárez y El Bajío.
La entrega de los RFC a la comunidad de migrantes, que arribó a México
con la intención de llegar a Estados Unidos, se comenzó a realizar en febrero
de 2022 y los últimos fueron el 15 de diciembre de 2023.
En el marco del Día Internacional de la Persona Migrante, que se celebra
el 18 de diciembre de cada año, la autoridad tributaria recuerda que la entrega
del RFC es parte de la implementación de un mecanismo de atención prioritaria a
migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a
mexicanos repatriados o en retorno.
La comunidad migrante puede presentar diversos trámites en las oficinas
del SAT, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98 por
ciento del total de atenciones; las personas interesadas en inscribirse ante el
RFC pueden acudir a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en
citas.sat.gob.mx y presentar la siguiente documentación.
Estos son los requisitos:
·
Documento
migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar
su estancia en territorio nacional, mismo que puede servir como identificación
oficial, entre ellas tarjeta de residente permanente o temporal, de visitante
por razones humanitarias con permiso para realizar actividades remuneradas,
trabajador fronterizo, residente temporal de estudiante
·
Comprobante de domicilio del lugar donde vive,
con antigüedad no mayor a cuatro meses.
·
Clave Única de Registro de Población (CURP)
temporal con fotografía, la cual se
tramita ante las oficinas de representación del Instituto Nacional de Migración
(INM),
misma que puede ser utilizada como identificación oficial
Extranjero con calidad de refugiado:
·
CURP
temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación
de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del Instituto Nacional
de
Migración (INM).
·
Documento
de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR.
·
Comprobante
de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
En caso de mexicanos repatriados:
·
CURP
temporal con fotografía.
·
Comprobante
de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
·
Credencial
para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral
(INE).
En caso de mexicanos en retorno:
·
CURP
permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las oficinas
consulares de México en el exterior, acta de nacimiento o carta de
naturalización en original.
·
Comprobante
de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
·
Credencial
para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral
(INE).
·
Las
personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una
actividad remunerada, pero requieran el RFC para otros fines, pueden exhibir un
escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos
por los que requieren su inscripción en el RFC.