• La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral ordenó al PAN retirar espectaculares, promocionales y publicaciones en redes sociales de Xóchilt Gálvez Ruiz.
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Ciudad de México.- La Comisión
de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al PAN retirar
espectaculares, promocionales y publicaciones en redes sociales de Xóchilt
Gálvez Ruiz.
Por unanimidad, las y los
integrantes de la Comisión emitieron seis medidas cautelares por la aparente
realización de actos anticipados de campaña, y la supuesta vulneración a las
normas en materia de propaganda electoral para el periodo de precampaña,
vulneración al interés superior de la niñez, uso indebido de la pauta y
promoción personalizada.
Jorge Álvarez Máynez y el
partido Movimiento Ciudadano (MC) denunciaron a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y al
PRI, PAN y PRD del Frente Amplio Por México, por la colocación de dos
espectaculares en la Ciudad de México, así como la difusión de dos spots publicados en YouTube
del PAN, en los que, afirman, se emiten mensajes que contienen propuestas de
campaña y no contienen la precisión del carácter de
precandidata presidencial.
Al respecto, la Comisión
determinó improcedente ordenar el retiro de un espectacular ubicado en el
segundo piso del Periférico por tratarse de actos consumados de manera
irreparable, pues ya no se encuentra visible.
Sin embargo, otorgaron medidas
cautelares para el segundo espectacular y
los spots denunciados, debido a
que no especifican la calidad de la precandidatura
de Gálvez que se promueve.
De esta forma, el PAN y Gálvez
Ruiz, en un plazo no mayor a seis horas, deben sustituir o modificar el
contenido del espectacular denunciado y sustituyan o modifiquen los videos del
canal de YouTube del PAN.
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Xóchilt deberá bajar sus spots en radio, tv, X y YouTube
Asimismo, Rafael Lecón
Domínguez denunció la difusión de los spots de
radio y televisión denominados PRE REP FED HISTORIA XG V1,
PRE REP HISTORIA X1 y XOCHITL HISTORIA, respectivamente, y su
posterior difusión a través de X y YouTube de
Xóchitl Gálvez.
La Comisión del INE determinó
que los materiales denunciados no cumplen con el requisito establecido en el
artículo 211, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales (LGIPE) al no mencionar claramente la calidad de precandidata de
Gálvez, tanto en aspectos visuales como auditivos.
Por lo tanto, se ordena a los
partidos reemplazar estos materiales en un plazo máximo de seis horas, y las
concesionarias de televisión y radio deben suspender
su transmisión en un plazo máximo de 12 horas.
“Lo anterior implica que los
partidos denunciados deberán sustituir los promocionales, en un plazo no mayor
a seis horas, y las concesionarias de televisión y radio que estén obligadas a
la transmisión, deberán detenerla en un plazo que no podrá exceder de 12
horas”, indica en un comunicado el INE.
ambién se ordenó retirar una
publicación en la red social X y cualquier otra plataforma administrada por
Gálvez Ruiz en un plazo de seis horas.
Por otra parte, se negó la solicitud de tutela preventiva porque
no existen elementos que indiquen que Gálvez difundirá el material audiovisual
en las redes sociales en el futuro.