• Los casos fueron analizados por los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).
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Estado de México. - La Comisión de Quejas y Denuncias del
Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió medidas cautelares para frenar la
difusión de un discurso del presidente Andrés Manuel López Obrador que podría
involucrar uso indebido de recursos públicos y contra la difusión de la revista
“Siempre” que mostraba la silueta de Claudia Sheinbaum con el símbolo Nazi.
Los casos:
Manifestaciones hechas por el Presidente, preliminarmente,
podrían afectar la equidad en la contienda
El Partido de Revolución
Democrática y un ciudadano, denunciaron al Presidente de la República, por las
manifestaciones realizadas el 10 de diciembre de 2023, durante su visita a la
comunidad de Almoloya de Juárez, Estado de México, en donde, a decir del
quejoso, hizo alusión a programas sociales, y solicitó el voto por candidaturas
de la denominada 4T.
El colegiado determinó
procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas, toda vez que,
bajo la apariencia del buen derecho y desde una óptica preliminar, se trata de
manifestaciones que son de carácter político-electoral, asociadas con
un posible
uso indebido de programas sociales, difundidas a la ciudadanía
en general.
Por lo anterior, se
ordenó a que en un plazo que no podrá exceder de 6 horas, se realice las
acciones, trámites y gestiones necesarias para modificar las páginas de
Internet donde se encuentren alojados los archivos de audio, audiovisuales y/o
versiones estenográficas del evento denunciado denominado “Programas para el
Bienestar”, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio,
control o administración.
También otorgó la medida
cautelar, bajo la vertiente de tutela preventiva, a fin de que el Titular del
Ejecutivo, se abstenga bajo cualquier modalidad o formato, de realizar
manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas
electorales, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios
constitucionales de imparcialidad y neutralidad.
Esto fue lo que dijo el
presidente en Almoloya:
“Y por eso vengo a
Almoloya a decirles que vamos a continuar con todos los programas. Ya está
aprobado el presupuesto del año próximo. Es importante que se tome en cuenta
que no sólo es ganar la Presidencia, se tiene también que ganar la mayoría en
el Congreso porque, miren, si yo gano la Presidencia, como ganamos, pero no
hubiésemos ganado la mayoría en el Congreso, nos hubiese costado más trabajo
ayudar a la gente, porque si no se tiene mayoría en el Congreso no se puede
contar con presupuesto integrado, porque la Cámara de Diputados, por ley, es la
que tiene la facultad exclusiva de aprobar el presupuesto”.
·
Revista “Siempre” deberá
retirar ejemplar 3678 y nota editorial de Internet
El partido Morena denunció a
Beatriz Pagés Llergo Rebollar, directora general de la Revista “Siempre”, así
como a los responsables de la edición impresa, por la publicación y
distribución del ejemplar número 3678, en la que se exhibió la imagen de la
silueta de Claudia Sheinbaum Pardo, con una cinta roja rodeada de la esvástica
Nazi, así como la leyenda “¡NO PERMITAMOS QUE GANE!”.
Morena denunció que
genera un discurso de odio y hace un llamado a la ciudadanía a no votar por
Morena y su candidata.
La Comisión resolvió
improcedente la medida cautelar respecto de la promoción de la portada
editorial en Internet al tratarse de hechos consumados, toda vez que
actualmente ya no se está difundiendo.
Sin embargo, el
colegiado consideró particularmente por cuanto refiere a la circulación de la
versión impresa de la revista, procedente la adopción de medidas cautelares,
por atribuirse a una opción política, símbolos que fomentan el discurso
de odio, incitan a la discriminación o a la violencia.
El INE argumentó que
esta portada no está amparado bajo la libertad periodística y
pudieran transgredir los derechos político-electorales del partido Morena y su
precandidata única, Claudia Sheinbaum Pardo.
Por esta razón ordena a
la revista a que en un plazo que no podrá exceder de 24 horas, realice las
acciones, trámites y gestiones necesarias para suspender la reproducción,
circulación, distribución, venta y promoción del ejemplar número 3678, así como
eliminar la nota editorial de su portal de Internet o de cualquier otra
ubicación en que se haya difundido dicho contenido.
Se negó la medida
cautelar en su vertiente de tutela preventiva, ya que se trata de hechos
futuros de realización incierta, es decir, no se tienen elementos para
considerar que la conducta denunciada se repetirá.