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Hoy es martes, 8 de octubre de 2024

Aprueban reforma para garantizar prestaciones a militares que entren a la Guardia Nacional

• Se ofrece una transición clara y justa en la carrera profesional de los elementos, pues se les brinda estabilidad y seguridad labora.

Aprueban reforma para garantizar prestaciones a militares que entren a la Guardia Nacional

 

Ciudad de México.- Las dos cámaras del Congreso aprobaron en un solo día la iniciativa que reconoce los derechos laborales de elementos de las fuerzas armadas que sean enviados a la Guardia Nacional.

 

La propuesta fue aprobada con 110 votos a favor, cinco votos en contra y una abstención en el Senado; inmediatamente fue enviada a la Cámara de Diputados, donde logró 415 votos a favor y uno en contra.

 

Se trata de una interpretación auténtica sobre un artículo transitorio de la ley que creó la Guardia Nacional para que los uniformados mantengan antigüedad al ir de las fuerzas armadas a la Guardia Nacional y de regreso.

 

Según el dictamen, se ofrece una transición clara y justa en la carrera profesional de los elementos, pues se les brinda estabilidad y seguridad laboral.

 

El documento establece la interpretación de la frase: “los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la Fuerza Armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional, conservarán su rango y prestaciones”.

 

De la cual se hace referencia a que los elementos mencionados conservarán sus prestaciones íntegras, toda vez que se encuentran en una asignación temporal, derivada del artículo transitorio de la reforma constitucional por el que se crea la Guardia Nacional, motivo que no deberá, en ningún caso, implicar una afectación a sus derechos laborales, prestaciones inherentes, así como la salvaguarda de ser reasignado a su fuerza armada de origen.

 

Asimismo, la frase: “la ley garantizará que cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, ello se realice respetando los derechos con que contaba al momento de ser asignado a aquélla”, se prevé que el personal asignado a la Guardia Nacional no pierde sus derechos y prestaciones.

 

Por ello, se indica que la “reasignación” implica que el elemento militar o naval deje de realizar sus funciones en seguridad pública y sea reintegrado a su fuerza armada para continuar realizando sus actividades de índole netamente castrense con la suma de derechos y prestaciones adquiridos en dicha institución de seguridad pública.

 

Respecto de la frase: “Reconocimiento del tiempo de servicios en la Guardia Nacional para efectos de su antigüedad”, se interpreta que se protegen los derechos, estímulos y prestaciones de los elementos militares asignados a la Guardia Nacional.

 

Con ella, se les considera todo el tiempo de servicios que presten en la misma al momento de su reasignación, para los efectos de sumarlo a su antigüedad en las Fuerzas Armadas, lo que redunda en el derecho de participar en promoción para el ascenso al grado inmediato durante el tiempo que estén asignados y en su reasignación, así como de los demás beneficios y prestaciones antes señalados.