• Los diputados aprobaron la reforma al Código Penal Federal y de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Estado de México. - Con 419
votos a favor, 0 en contra y 23 abstenciones, los diputados aprobaron
la reforma al Código Penal Federal y de la Ley Federal de Armas de Fuego y
Explosivos para sancionar el uso indebido de aeronaves pilotadas a
distancia, coloquialmente conocidos como drones.
El
dictamen fue enviado a los senadores para continuar con el proceso legislativo
que se sustenta en el registro de más de 600 ataques en México en los últimos
años y que, por parte de grupos criminales, han afectado a poblaciones en
Michoacán, Guerrero y Tamaulipas, principalmente.
Con
el uso de drones se han presentado casos de halconeo, tráfico de
drogas y ataques con explosivos y sustancias químicas, expuso en tribuna la
diputada Rosangela Peña Escalante (Morena).
La
reforma busca imponer pena de prisión de quince a cuarenta años y multa de
cuatrocientos a mil doscientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y
Actualización a quien utilice aeronaves pilotadas a distancia para cometer
conductas indebidas.
También
se sanciona con pena de prisión de 10 a 20 años a quien mediante el
uso de aeronaves pilotadas a distancia arroje cualquier objeto o artefacto
explosivo o sustancia química o impacte a cualquier persona o propiedad con el
propósito de causar daño.
Se
aumenta hasta en una mitad la pena cuando el daño sea a una persona o bien de
las fuerzas armadas o de seguridad pública; y se imponen penas de prisión de
cinco a diez años a quien importe, manufacture, arme, adquiera o adapté
aeronaves pilotadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos, armas,
narcóticos o drogas sintéticas.
Con
esta reforma se estaría sancionando a quien utilice aeronaves pilotadas a
distancia equipadas con dispositivos que permitan fotografiar o realizar
grabaciones de audio o video para vigilar actividades de personas servidoras
públicas con la finalidad de conocer o reportar su ubicación.
Con
estos cambios también se darían de tres a 20 años de prisión a quien mediante
violencia, amenazas o engaños se apodere o tome el control de una plataforma
física, instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de
aeropuertos que presenten servicios de aviación civil.
Los
votos en abstención se dieron en la bancada de Movimiento Ciudadano bajo el
argumento de que el concepto de daño en esta reforma queda ambiguo y podría
atentar contra los derechos de periodistas y medios que para fines informativos
recurren al uso de drones.