• La Comisión del Registro Federal de Electores consideró viable que las personas puedan solicitar una credencial para votar acorde a su identidad de género.
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Estado de México. - consejeros
del Instituto Nacional Electoral (INE) determinaron
que es viable que las personas trans puedan
elegir el género que aparezca en su credencial para votar acorde con su
identidad.
Con tres votos a favor y uno
en contra, la Comisión del Registro Federal
de Electores aprobó el proyecto de acuerdo que determina
viable que las personas trans soliciten su credencial para votar sin necesidad
de presentar su documento de identidad que rectifique que se identifican como
mujer u hombre.
A partir de ahora, todos los
mexicanos podrán elegir que sus credenciales sean expedidas con el
identificador “M” o “H”, acorde con su identidad de género en el campo de sexo.
El proyecto surge a raíz de la
sentencia que emitió la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que vinculó
al INE a realizar un estudio sobre el tema y emitir una determinación en un
plazo de 90 días hábiles.
Esto después de que el
Instituto permitiera emitir credenciales que reconozcan a las personas no binarias en una
resolución que se alcanzó el pasado 27 de febrero, en acatamiento a sentencias
de la Sala Regional Monterrey y
del TEPJF. Con ello, en el lugar donde aparece una letra “M” de mujer o “H” de
hombre, la persona puede decidir que se marque en su mica una “X” en el
recuadro correspondiente al género.
Para ello, quienes deseen
tramitarla deberán presentar un documento de identidad, como el acta de
nacimiento, en el que se les identifique como tales. Después de ello, se les
expedirá su credencial con el identificador “X”,
tanto en el campo del sexo, como en los datos de información y control.
En los casos donde no se
entregue el oficio que los acredite como personas no binarias, solamente se
harán cambios en el primer rubro, sin que se modifiquen los de información y
control.
Sin embargo, debido a dicha
decisión, un ciudadano interpuso una
demanda el 3 de marzo por considerar que excluye a la
comunidad trans/binaria, al tiempo que afirmaba que el INE solo hizo un
reconocimiento parcial de la comunidad LGBTIQ+, permitiendo
discriminación al resto del grupo.
El ciudadano argumentó que la
comunidad trans se asocia con las categorías de mujer u hombre como las personas
cisgénero y no con la X, que corresponde a no pertenecer a
ningún género.
Ante esto, el demandante
solicitó que fuera eliminar el dato hombre o mujer de la credencial por
considerar que no debe ser relevante.
Sin embargo, la Sala Superior
aseguró que no existe discriminación por dichos
hechos y dijo que no es posible eliminar el dato ya que es un requisito legal.
Asimismo, afirmó que conocer dicha información permite cubrir con las acciones
afirmativas en los espacios de representación, como las candidaturas.
Por último, destacó que desde
2018 el INE ofrece la posibilidad de ocultar el dato sexo en las credenciales.
En aquellas con fotografía, se incluye de manera visible en el anverso y solo
si así lo solicita la persona.
Ante esto, el TEPJF vinculó al
INE a realizar un estudio sobre el tema y emitir la determinación que se
decidió este miércoles.