•La Corte ordena al congreso de Baja California Sur modificar el código para no limitar a menores de edad emitir una nueva acta de nacimiento.m, sin embargo los menores de edad sí tendrán que ser acompañados de sus padres o tutores.
SCJN reconoce infancias trans e invalida Código Civil de BCS
Sebastian Lopez Aviles
La Paz, Baja California Sur.- La Suprema de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolutivo la mañana de este martes 13 de junio donde reconoce las infancias transgénero y ordena al congreso de Baja California Sur (BCS) modificar el Código Civil para no limitar por edad a cualquier persona que desee modificar o emitir una acta de nacimiento con la identidad con la que se sientan plenos.
La Demanda de acción de inconstitucionalidad 132/2021, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 30 de agosto de 2021, promovida en contra del artículo 144 Ter, primer párrafo, en la porción normativa “mayores de edad””, cuyo texto se transcribe a continuación:
“Artículo 144 Ter. Pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género y cambio de nombre, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, las personas mayores de edad que requieran el reconocimiento de su identidad de género.
Los efectos de la sentencia es que no debe haber restricción de edad para solicitan cambio de identidad de género en acta de nacimiento.
Pero para el caso de menores de edad, deberán hacer con acompañamiento de padres o tutores legales, no podrán hacerlo de manera libre.
Se le otorgó al congreso local 12 meses contados a partir de que reciba la notificación de la sentencia, para que en ese plazo emita las normas necesarias para que los cambios de identidad de género cumplan con los standares de la sentencia.