• Una nueva impugnación del INAI provocó que el Pleno de la SCJN invalidará una frase del Código Fiscal de la Federación por no respetar la privacidad de un contribuyente.
Ciudad de México.- La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó
el artículo 17-F del Código Fiscal de la Federación, publicado
el 8 de diciembre de 2020, que otorgaba facultades al Servicio de
Administración Tributaria (SAT) la entrega de información personal de un
contribuyente a una tercera persona.
La autorización argumentaba
que el organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP) podía entregar la información personal de un
contribuyente a autoridades y particulares para “la
verificación de la identidad de los usuarios”.
El artículo 17-F del Código
Fiscal de la Federación establece que los particulares que utilicen la firma
electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos
digitales, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que
preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de
firmas electrónicas avanzadas.
Por lo anterior, el Pleno de
la Corte consideró que la fracción normativa que contemplaba “la verificación
de identidad de los usuarios” era violatoria del orden constitucional, por lo
que determinó la invalidez de la frase o porción normativa que textualmente
establecía “así como el de la
verificación de identidad de los usuarios”.
Lo anterior por considerar que
dicho precepto vulnera el derecho de autodeterminación informativa, relativo al uso de los datos personales
–inclusive datos biométricos–, pues facultaba al SAT dar a
conocer a terceros –autoridades y particulares– información personal que
permitía identificar a los usuarios de la firma electrónica avanzada.
“Ello, sin mediar
consentimiento de los titulares de esa información, ni condicionar su uso a la
realización de fines legales legítimos, en detrimento de los derechos humanos a
la intimidad, privacidad y protección de datos personales”, señala un
comunicado de la Suprema Corte.
El fallo del máximo tribunal
representa un nuevo revés del gobierno federal ante las impugnaciones
formuladas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales (INAI) en contra de la reforma fiscal vigente
desde diciembre del 2020.
La norma fue impugnada por
diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y el
proyecto de sentencia que se aprobó fue presentado por el ministro Alfredo
Gutiérrez Ortiz Mena.