• Ley General de Comunicación Social fue impugnada desde 2018, pero desde entonces no hay una sentencia sobre el tema, argumenta la consejería Jurídica.
Ciudad de México.- Presidencia
de la República pidió a la ministra presidenta, Norma Lucía Piña, no abordar
este jueves la impugnación sobre la primera parte del “Plan B” electoral, cuyo
proyecto plantea invalidar las reformas realizadas por la mayoría de Morena.
El argumento de la Consejería
Jurídica del Ejecutivo Federal es que el máximo tribunal debe definir primero
una impugnación que está pendiente desde 2018, cuando se expidió la Ley General
de Comunicación Social.
Esa ley, dice Presidencia, fue
aprobada antes del inicio del proceso electoral federal 2017-2018 por las
mayorías parlamentarias del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el
Partido Acción Nacional (PAN), lo cual fue cuestionado por la entonces minoría
en la Cámara de Senadores, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el
partido Movimiento Ciudadano.
En ese momento se reclamó “que
existieron vicios en el procedimiento legislativo y que algunas de sus
disposiciones, según los accionantes, no son acordes con la Constitución
federal”.
Las impugnaciones fueron admitidas,
pero desde entonces no hay una sentencia sobre el tema, argumenta la Consejería
Jurídica.
Hasta la fecha, la SCJN no ha
dictado sentencia definitiva a pesar de que han transcurrido prácticamente
cinco años desde su impugnación en 2018.
La Consejería Jurídica hizo un
“respetuoso llamado a la SCJN para que resuelva los asuntos de su conocimiento
sin consignas ni distingos políticos, por el bien de la República y el sano
equilibrio entre los Poderes de la Unión”.
En particular, pide decidir
antes las impugnaciones de 2018 para “evitar la emisión de sentencias
contradictorias que violenten los principios de certeza y seguridad jurídica en
perjuicio del pueblo de México”.
En comunicado, también reclamó
que en 2018 el asunto fue admitido a trámite en la Corte sin suspender la ley,
aunque en este paquete de reformas electorales sí se concedió la impugnación.
Este fue su argumento:
Al
dar trámite a la acción de inconstitucionalidad 52/2018 y sus acumuladas
53/2018 y 55/2018, la SCJN consideró que la LGCS impugnada no tenía carácter
electoral ni concedió la suspensión solicitada por estimar que era una norma
general y abstracta; contrario a lo que ahora se resolvió en la diversa acción
de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, relativa al decreto por el
que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de
Responsabilidades Administrativas, aprobadas en diciembre de 2022 (plan B).