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Hoy es miercoles, 27 de noviembre de 2024

Exige la presidencia a SCJN investigar 'filtración' de propuesta para invalidar 'Plan B'

• Para la Consejería Jurídica de la Presidencia, la publicación del proyecto de sentencia del ministro Pérez Dayán "es una irresponsabilidad" de la Corte y un delito que debe ser investigado.

Exige la presidencia a SCJN investigar 'filtración' de propuesta para invalidar 'Plan B'

 

Ciudad de México.- La Presidencia de la República acusó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de actuar con irresponsabilidad por la “filtración” de un proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán que propone invalidar la primera parte de las reformas electorales conocidas como “Plan B”, mismo que fue publicado por Aristegui Noticias este 1 de mayo.

 

A través de su Consejería Jurídica, la Presidencia de la República afirmó que la “filtración” de este proyecto constituye un delito, por lo que exigió al máximo tribunal del país que inicie de oficio una investigación interna para deslindar responsabilidades y evitar que haya más conductas ilegales sobre este asunto.

 

“Por esta razón, se espera que la SCJN inicie, de oficio, la investigación interna que corresponda a efecto de deslindar responsabilidades y evitar, en futuros casos, este tipo de conductas ilegales”, señala el comunicado emitido por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

 

La Consejería Jurídica de la Presidencia explicó que de conformidad con el Acuerdo General número 18/2006, emitido por el Pleno de la SCJN, “los proyectos de sentencia de los ministros constituyen información reservada” mientras no se hagan públicos por canales institucionales, por lo que la “entrega clandestina” de este proyecto de sentencia a Aristegui Noticias “no constituye un acto de transparencia, sino de irresponsabilidad”.

 

En su comunicado, la Presidencia de la República agregó que la divulgación de un proyecto de sentencia que aún se encuentra en trámite y no ha sido incluido en la lista oficial de asuntos por resolver en el pleno, “viola flagrantemente el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación” en materia de imparcialidad.

 

“(El)  capítulo sobre la imparcialidad, numeral 2.5, prohíbe a los ministros o demás funcionarios judiciales divulgar cualquier opinión que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento, como lo establece la fracción IX del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”.

 

Por lo anterior, se destaca que la publicación del proyecto de sentencia que debió estar reservado “es una práctica ilegal que afecta el principio de imparcialidad de los funcionarios que imparten justicia en nuestro país; el artículo 206, fracción IV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública prohíbe, entre otras conductas, usar, sustraer o divulgar, total o parcialmente, la información que se encuentre bajo la custodia de los servidores públicos”.

 

En este sentido, se remarca que la publicación del proyecto también representa una violación flagrante al artículo 225, fracción XXVIII, del Código Penal Federal, el cual establece que comete un delito contra la administración de justicia, “el servidor público que dé a conocer, a quien no tenga derecho, documentos, constancias o información que obren en un proceso judicial y que por disposición de la ley esté reservado”.