• Los dos decretos que conforman el "Plan B" de la reforma electoral, suman hasta el momento 164 controversias constitucionales y 14 acciones de inconstitucionalidad en su contra, señala la Suprema Corte.
Ciudad de México.- Las impugnaciones contra las reformas electorales que
impulsa el presidente Andrés Manuel López Obrador se siguen incrementando, por
lo que este 4 de abril la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN) ha recibido 164 controversias
constitucionales y 14 acciones de inconstitucionalidad contra el llamado “Plan
B”.
Además, hasta el momento se
han presentado 91 recursos de reclamación contra
la admisión de las controversias constitucionales y otras cuatro reclamaciones
contra las suspensiones otorgadas en las acciones de inconstitucionalidad
contra los Decretos 1 y 2 de la reforma electoral.
Mediante un comunicado, el
Máximo Tribunal del país explicó que hasta este 4 de abril, la Suprema Corte
admitió a trámite 132 controversias constitucionales de las 164 que se han
presentado en contra del llamado “Plan B” de la reforma
electoral.
Las impugnaciones se han
promovido en contra del primer decreto que abarca los cambios a la Ley General
de Comunicación Social y a la de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, normas contempladas en el denominado Decreto 1 de la reforma electoral.
Además, se han presentado
nuevas impugnaciones contra la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación y la Ley General de los Medios de Impugnación en
Materia Electoral, respectivamente, normas contempladas en el Decreto 2 del “Plan B”.
Por lo anterior, la Suprema
Corte detalló que contra el Decreto 1 de la reforma electoral, se
presentaron 161 controversias
constitucionales y siete acciones de inconstitucionalidad,
de las cuales ya se admitieron 131 controversias y seis acciones de
inconstitucionalidad.
En este marco, el ministro
instructor, Alberto Pérez Dayán, dio trámite a las controversias
constitucionales promovidas por municipios de distintos estados el país, así
como por poderes legislativos estatales, alcaldes y gobernadores.
Por lo que se refiere a las
acciones de inconstitucionalidad, la Corte explicó que contra el Decreto 1 se
han presentado ocho acciones de inconstitucionalidad por parte de los partidos que integran la coalición
“Va por México”, es decir, PRI, PAN y PRD; así como por
Movimiento Ciudadano (MC); el llamado Bloque de Contención del Senado de la
República; por diputados del Congreso de la Unión y por el partido político
local Hagamos, aunque está última fue desechada.
En la admisión de las siete
acciones de inconstitucionalidad restantes, el ministro Pérez Dayán concedió la
suspensión del decreto referido para el efecto de que no rija en los procesos
electorales que se encuentran en desarrollo, es decir, en el Estado de México y en Coahuila.
El argumento para otorgar las
suspensiones es que la citada reforma se promulgó en el plazo de veda electoral
previsto en el penúltimo párrafo fracción II del artículo 105 de la
Constitución Federal; además de que contiene “modificaciones legales
fundamentales” y su aplicación podría causar “afectaciones irreparables al
sistema democrático”.
Respecto al Decreto 2 sobre la
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de
Partidos Políticos; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la
Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, el ministro
Javier Laynez Potisek admitió a trámite dos acciones de inconstitucionalidad
promovidas por los partidos Movimiento Ciudadano (MC) y
de la Revolución Democrática (PRD).
Se encuentran pendientes de
admisión nuevas impugnaciones presentadas por el PRI
y el PAN contra el Decreto 2.
Es preciso señalar que, en el
caso del Decreto 1, tanto las controversias constitucionales como las acciones
de inconstitucionalidad se encuentran en la fase de admisión de demandas,
recabando las respuestas y argumentos de todas las partes.
En el caso del Decreto 2, el
plazo para recepción de acciones de inconstitucionalidad venció este día,
mientras que la fecha límite para recibir controversias constitucionales expira el próximo 20 de abril.