• La Ley General de Operación de los Registros Civiles que aprobaron los legisladores, pretende la creación de un Sistema Nacional de Registro de Identidad, que estaría bajo el control del Poder Ejecutivo.
Ciudad de México.- El pleno de
la Cámara de Diputados aprobó, en la sesión del 14 de marzo, el dictamen que
expide la Ley General de Operación de los Registros Civiles, la cual le
otorga al Poder Ejecutivo, mediante la Secretaría de Gobernación (Segob), la
facultad de crear y administrar un Sistema Nacional de Registro de
Identidad (SID) con los datos de la población incluidos en el Registro
Civil.
Esto quiere decir que, en caso
de que esta ley entre en vigor, la Segob sería la encargada de administrar
información de la ciudadanía tal como el nombre, apellidos, sexo y género,
lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad (o nacionalidades), Clave Única de
Registro de Población (CURP) y los datos biométricos.
Según información del
Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
(Inai), los datos biométricos son “las propiedades físicas, fisiológicas, de
comportamiento o rasgos de la personalidad, atribuibles a una sola persona”.
Son legibles mediante rasgos como la huella dactilar o la retina.
En este sentido, también le
correspondería a dicha dependencia establecer los lineamientos para que
las entidades del sector público, privado y financiero puedan
consultar y validar la información y los registros del SID.
Es decir, con el argumento de
acreditar la información de las personas, las dependencias e instancias
mencionadas podrán consultar la Base de Datos Nacional del Registro Civil bajo
los mecanismos y requisitos que establezca la Segob.
Aunque el principal argumento
a favor de dicho dictamen fue la persecución de hacer efectivo el derecho a la
identidad de las personas y el acceso a los servicios del Registro Civil, el
proyecto no contempla ninguna estrategia para la protección de
datos de la población.
El decreto fue aprobado con un
total de 311 votos a favor, de los cuales 187 fueron emitidos por
legisladores del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), 54 del Partido
Revolucionario Institucional (PRI), 40 del Partido Verde Ecologista de México
(PVEM), 29 del Partido del Trabajo (PT) y uno del Partido Acción Nacional
(PAN).
Los 131 sufragios en contra
del dictamen estuvieron repartidos entre el partido blanquiazul (106),
Movimiento Ciudadano (23) y dos del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
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El
Consejo Nacional del Registro Civil
Uno de los puntos más
relevantes del proyecto aprobado en San Lázaro es la creación de
un Consejo Nacional del Registro Civil, el cual funcionaría como un órgano
adscrito a la Segob para coordinar la organización, funcionamiento y los
procedimientos de los Registros Civiles a lo largo del país.
Este Consejo, según establece
el artículo 28 de la iniciativa, sería conformado por:
- Un representante de la
Segob, con un nivel mínimo de Director General, que asumirá la Presidencia del
Consejo y será nombrado Coordinador Nacional.
- Un integrante de la
Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), también con un nivel mínimo de
Director General.
- Los titulares de las
Direcciones Generales del Registro Civil de las entidades federativas.
Entre las atribuciones que se
le otorgarían a este organismo está la emisión de una normativa para regular la
operación y el funcionamiento del Registro Civil, así como definir las
directrices para reclutar, seleccionar, capacitar, actualizar y
profesionalizar al personal del Registro Civil, incluyendo a las y los
titulares de la Oficialías.
Sumado a ello, el titular del
Consejo designará a una persona para encabezar la Secretaría Técnica de dicho
organismo, la cual estará a cargo de coordinar labores como el diseño de las
estrategias de difusión y comunicación, convocar a reuniones del Consejo,
computar los votos de los integrantes y establecer las políticas de trabajo.