• En caso de que las víctimas sean mujeres, personas con discapacidad o menores de edad, la pena aumentará llegando hasta 22.5 años de prisión
Ciudad de México.-
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 453 votos a
favor, un dictamen que adiciona disposiciones al Código Penal
Federal para el castigo de lesiones inferidas con ácido.
La reforma fue aprobada
con 453 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.
En dicha reforma se estipula
que se impondrán de siete a 15 años de prisión además de 300 a 700
días de multa para quienes causen lesiones a otra persona utilizando ácido,
álcali, agentes o sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o
inflamables.
“Cuando la lesión o lesiones
afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o
los órganos sexuales de la víctima, la pena aumentará hasta en
un tercio, en su mínimo y máximo”, por lo que la pena podría llegar hasta los
20 años.
En caso de que las víctimas
sean mujeres, personas con discapacidad o menores de edad, la
pena aumentará hasta en una mitad, posicionando el castigo en hasta 22.5 años.
Cuando las lesiones
afecten órganos o funciones vitales, ponen en peligro la
vida o afecten más de la mitad del cuerpo, el delito se podría catalogar como
tentativa de homicidio o feminicidio, cuya pena es de hasta 40 años de prisión.
En la reforma también se
adiciona un segundo párrafo al artículo 36 de la Ley General de
Víctimas que garantiza el acceso a cirugías reconstructivas a
las víctimas.
De acuerdo con
la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), los ataques con
ácido son una forma de agresión violenta que se define como el acto de arrojar
ácido en el cuerpo de una persona con la intención de desfigurarla, mutilarla,
torturarla o asesinarla.