La autoridad fiscal pública la tercera lista de parámetros para el pago del ISR, y señala que quienes estén pagando menos que el promedio deberá presentar declaraciones complementarias.
Ciudad de México.- El Servicio de Administración tributaria (SAT) llamó a las empresas a presentar declaraciones complementarias en caso de que estén pagando tasas efectivas por el Impuesto Sobre la Renta (ISR) menores a los parámetros que estima y da a conocer la autoridad por sectores económicos.
“Se ha contactado vía Buzón Tributario a aquellos contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de los parámetros publicados por el SAT, para que estos realicen su análisis y voluntariamente corrijan su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones anuales complementarias”, detalló este martes en un comunicado al dar a conocer la tercera entrega de estimaciones de tasas ISR por sectores.
La tercera publicación relativa a cuarenta actividades económicas, contempla nueve sectores económicos: construcción, electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final, industrias manufactureras, minería, servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, servicios financieros y de seguros, servicios profesionales, científicos y técnicos y transportes, correos y almacenamiento.
“El SAT reitera la invitación para que los contribuyentes consulten la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de la(s) declaración(es) anual(es) complementaria(s) correspondiente(s)”, refiere el SAT.
Lo anterior tras el objetivo de minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente.
Puedes revisar la tercera, segunda y primera publicación de estas listas en este link:
http://omawww.sat.gob.mx/TasasEfectivasISR/Paginas/publicacion_tasas_efectivas.html