No está considerado en la Ley General en materia de delitos electorales, afirmó el representante de la Fepade.
La Paz, Baja California Sur.- La Ley General en materia de delitos electorales no contempla sanciones para quien haga promoción del Presidente de la República para la consulta de revocación de mandato, afirmó Rodrigo Osorio Moyeda.
El ministerio público, adscrito a la dirección general de averiguaciones previas y control de procesos la Fiscalía Especializada para la atención de Delitos Electorales (Fepade).
Mencionó que la recomendación del órgano de control de la Fiscalía General de la República fue evitar la palabra voto o que se hiciera manifestación respecto a la participación en la revocación.
Dijo que desde luego la Fepade estará realizando un despliegue ministerial en la consulta a realizarse el próximo 10 de abril, aunque en menor magnitud que en elecciones.
Indicó que si se ve en un sentido estricto no es una elección tal cual, es revocación del mandato.
Expuso que este ejercicio de participación ciudadana se incluyó en la Constitución Política, pero en la Ley General en materia de delitos electorales no hay sanción para quien haga promoción.
“No está tipificado como delito. Pudiera ser que no se lleve el material electoral, o se robe, que haya una alteración al orden durante la jornada y esto sí puede ser delito penal”, indicó el funcionario federal.
Lo anterior lo manifestó en el tercer día del ciclo de conferencias virtuales Prevención del delito, referente a la violencia política contra las mujeres en razón de género", organizadas en el marco del 25 aniversario del Instituto Estatal Electoral (IEE).