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Hoy es viernes, 22 de noviembre de 2024

Medios locales deben retirar publicaciones por existir violencia política en razón de género: INE

Publicaciones que diseminan imágenes desnudas de una aspirante del PT, “no evidencian un uso responsable y respetuoso de las nuevas tecnologías de información y comunicación” en relación con los derechos de las mujeres y su participación política: Comisión del INE.

Medios locales deben retirar publicaciones por existir violencia política en razón de género: INE

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La Paz, Baja California Sur. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) consideró procedente emitir una medida cautelar, contra dos medios y dos comunicadores de Baja California Sur (BCS) ante una denuncia de violencia política de género presentada por el Partido del Trabajo (PT).


Lo anterior luego de que una ciudadana excandidata a diputada federal por el Partido del Trabajo (PT) durante el Proceso Electoral Federal 2020-2021 denunció presunta violencia política en razón de género, ante el Tribunal Electoral.


La denuncia es derivada de la publicación de contenidos divulgados en el mes de febrero de 2021, en medios noticiosos digitales y redes social Facebook de comunicadores locales.


La quejosa denunció a los medios BCS Noticias y su director Erick Iván Murillo Mendoza, Medios Digitales Metropolimx S.A. de C.V. y a Diego Soto, por una posible afectación personal en los contenidos que violentan su dignidad y utilizar información para generarle mala reputación y crearle problemas, tanto a nivel personal como familiar, pues esas publicaciones implicaron su renuncia a la candidatura, solicitando se suspenda su difusión.


La comisión divulga que lo anterior se da tras un análisis de las publicaciones denunciadas.


Imágenes en poder de este Diario Muestran la imagen semidesnuda de la candidata acompañadas de publicaciones donde se le vinculaba por sus lazos familiares con otra candidata del mismo partido.


La citada comisión estimó procedente la medida cautelar, “ya que se consideró que se configura violencia sexual, simbólica y psicológica, pues se utilizan expresiones que refuerzan estereotipos y roles de género, aunado a que, de un análisis contextual, se estimó que la fotografía y el video de connotación sexual la cosifican y provocaron que la quejosa se desvinculara de su campaña, de su plataforma política y nulificaron su capacidad para contender por un cargo de elección popular, transgrediendo así, el libre ejercicio de un derecho político-electoral, en las vertientes de participación política y voto pasivo”.


Previo a la emisión de sentencias por parte de la autoridad jurisdiccional, y desde una óptica preliminar, el INE considera que las publicaciones “no evidencian un uso responsable y respetuoso de las nuevas tecnologías de información y comunicación”.


Tampoco que se den en respeto a “los derechos de las mujeres y su participación política, particularmente en el período de campaña electoral, pues éstas no versan sobre la carrera política de la denunciada o la plataforma política de su candidatura a una diputación federal”.


La Comisión concluyó que se cumplen los cinco elementos del Test de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que se utiliza como método de identificación de algún acto o conducta que pudiera constituir violencia política o discriminatorio en contra de una mujer por razón de su género, y ordenó a las personas denunciadas retiren las publicaciones de manera inmediata, en un plazo que no podrá exceder de tres horas.


Aún toca al Tribunal Electoral determinar si se incurrió –o no- por parte de los medios señalados, en los actos violencia política de género al realizar las publicaciones.