• El Instituto ordenó borrar, en un plazo no mayor de tres horas, audios, videos y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina del pasado 21 de marzo.
Ciudad de México.- El
Instituto Nacional Electoral (INE) dictó medidas cautelares y de tutela
preventiva al Presidente de la República por la difusión de propaganda
gubernamental en periodo de veda por la revocación de mandato, correspondiente
a la conferencia mañanera que se realizó desde el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) este
lunes.
La Comisión de Quejas estimó
que durante la conferencia mañanera del 21 de marzo de 2022 se difunden
actividades gubernamentales, vinculadas a los logros y acciones del gobierno,
como lo es la apertura y funcionamiento
del aeropuerto, al destacar la cobertura, inversión y
beneficios que dicha obra conlleva, “lo que, en apariencia del buen
derecho, podría constituir propaganda gubernamental”.
El INE ordenó al Presidente de
la República y al vocero presidencial que, de inmediato, en un plazo que no
podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones
necesarias para eliminar archivos de audio, audiovisuales y/o versiones
estenográficas de la conferencia matutina efectuada el pasado 21 de marzo.
“O modificar los referidos
archivos a efecto de que sean suprimidas las manifestaciones realizadas por
Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Alfredo del
Mazo Maza, Gobernador del Estado de México; Luis Cresencio Sandoval González,
Secretario de la Defensa Nacional; Gustavo Ricardo Vallejo Suárez, Ingeniero
Residente General y Comandante del Agrupamiento de Ingenieros Felipe Ángeles; e
Isidoro Pastor Román, Director General del Aeropuerto Internacional Felipe
Ángeles”.
La Comisión resolvió cuatro solicitudes de medidas cautelares promovidas por el PAN,
el PRD y el PRI, contra de la asociación civil “Que Siga la Democracia”, el
presidente López Obrador, el presidente de Morena, así como a este partido,
entre otros, por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.
Asimismo, el INE reiteró que
el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de
marzo no es aplicable para esta revocación, que inició el 4 de febrero de
este año con la publicación de la convocatoria respectiva.