•Con nuevo decreto presidencial se amplió el periodo hasta el 20 de septiembre y se ordena a las entidades instalar más módulos y ofrecer estímulos fiscales.
La Paz, Baja California Sur.- Entró en vigor el decreto presidencial que deja fuera a las agencias aduanales del proceso de regularización de autos de origen extranjero y amplió el periodo de regularización hasta el 20 de septiembre.
Con su publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto 27/02/2022, entra en vigor una reforma al decreto publicado el 19 de enero de 2022.
En el documento establece que el Gobierno de México tiene el compromiso de eliminar la burocracia administrativa, por lo que se considera necesario que dicha regularización se realice otorgando facilidades administrativas, sin la intervención de ningún intermediario en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, incluyendo ahora a los estados de Sinaloa y Zacatecas.
Se puntualiza que en la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera se ha identificado la existencia de diversos trámites que obstaculizan el proceso de regularización de dichos vehículos, por lo que, resulta conveniente establecer procedimientos ágiles y rápidos para cumplir con la Ley.
En ese contexto se precisa “Que a efecto de facilitar la referida regularización, se estima conveniente que el trámite para realizar la importación definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera pueda hacerse sin la intervención de agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o cualquier otro intermediario, con lo que se disminuirán los costos asociados a dicho trámite en beneficio de las familias mexicanas”.
Se recalca la necesidad de que se cuente con más módulos de inscripción vehicular y se refrenda el compromiso que el pago será de 2 mil 500 pesos, por concepto de aprovechamiento único, por los trámites que corresponden al Gobierno Federal.
Se precisa que los propietarios de estas unidades también tienen que cubrir el pago por la expedición de placas de circulación y demás derechos e impuestos de control vehicular de carácter local, lo cual resulta gravoso y afecta la economía de las familias mexicanas, por lo que señala la necesidad de que se otorguen estímulos fiscales por parte de las entidades federativas referidas.
En las facilidades que contempla este decreto destaca: que los vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá, se clasifiquen en las fracciones arancelarias que se señalan en el siguiente párrafo, que al 19 de octubre de 2021 que no hayan acreditado su legal estancia en el país, para efectos de su regularización en territorio nacional, podrán obtenerla sin que se requiera certificado de origen; permiso previo de la Secretaría de Economía; intervención de agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o de cualquier otro intermediario; ni inscripción previa en el Padrón de Importadores.