Leyes sin rumbo
Desayunarnos diariamente con noticias de sangre y cadáveres, es motivo suficiente para llevarnos a un profundo estado de depresión. Y más aún en tiempos como los actuales donde una pandemia nos pende de un milagro. Y sin duda, lo más preocupante es saber que, al ver esas noticias como algo cotidiano, nos estamos acostumbrando a ellas. De ahí que veamos muy lejana la esperanza de alcanzar la paz anhelada.
Y no es para menos, cuando sabemos que lograr la paz, será un trabajo a muy largo plazo y tendrá que ver con los esfuerzos generalizados para la superación de las violencias, con nuestra capacidad para solucionar y transformar nuestros conflictos sociales sin el uso de la violencia, con una perspectiva inclusiva e integradora, todo lo cual trae consigo muchos desafíos que van desde conseguir la Democracia, la Justicia, la Tolerancia, el Desarme, los Derechos Humanos, el Respeto a la Diversidad Cultural y a la Preservación del Medio Ambiente, además de lograr la Prevención y Resolución de Conflictos.
Luego entonces, alcanzar la paz no es propiamente una tarea de los gobiernos, sino una responsabilidad que involucra a todos y a cada uno de nosotros, aun cuando a los gobiernos corresponde organizar los trabajos de inicio hacia la pacificación, porque de lo contrario, toda acción que emprendamos de manera individual serán gritos en el desierto.
Sin embargo, no podemos soslayar que el derecho, es la inevitable fuerza de una comunidad, de ahí que gobiernos y legisladores se obliguen a establecer las leyes necesarias que normen el buen desempeño de la sociedad.
Hasta aquí la introducción para mi comentario de hoy, el cual tiene la intención de hacer alusión a lo que hubiese sido la Ley de Seguridad Interior que en su momento se trató de un conjunto de normas impulsadas por los miembros del poder legislativo y que fue enviada el 1 de diciembre de 2017 por el entonces presidente Enrique Peña Nieto.
Esta Ley de Seguridad Interior contiene treinta y cuatro artículos distribuidos en seis capítulos, además de contener los correspondientes artículos transitorios que únicamente tendrían vigencia una vez que se haya cumplido con su propósito. Los capítulos contienen los supuestos y el procedimiento para emitir la declaratoria de protección a la seguridad interior; asimismo, contempla el modo mediante el cual podrán intervenir las autoridades federales en apego a esta ley. A su vez considera también el manejo de la inteligencia para la seguridad interior y el respectivo control en las acciones en materia de seguridad interior; sin dejar de lado lo relativo a las responsabilidades a las que serán acreedores los funcionarios públicos en caso de obstaculizar la aplicación de esta ley según lo establecido por los artículos 109 y 113 de la Constitución.
Sin embargo, el 15 de noviembre de 2018, por decisión de la mayoría de sus integrantes, el Tribunal Constitucional de nuestro país (Suprema Corte de Justicia de la Nación) determinó, en esencia, que dicha Ley resultaba inconstitucional al contener disposiciones que pretendían normalizar la utilización de las Fuerzas Armadas en temas de seguridad pública, lo que es contrario al orden constitucional y convencional. Asimismo, una parte de sus miembros se pronunció por la incompetencia del Congreso de la Unión para legislar en la materia de seguridad interior.
Dicha Ley, que fue señalada como una amenaza para el país, regulaba el uso de las Fuerzas Armadas en el combate a la delincuencia, además tenía por objeto regular la función del Estado para preservar la Seguridad Interior, así como establecer las bases, procedimientos y modalidades de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, en la materia.
Hubo quienes realmente vieron este documento como una posibilidad de minimizar los actos delincuenciales sobre todo al enterarse que la nueva ley, en su Artículo 1º establecía las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior.
Más aun cuando apuntalaba que “la seguridad interior debe ser vista como una función del Estado orientada a identificar, investigar, perseguir y sancionar riesgos y amenazas provenientes del interior del país, tales como delincuencia organizada, actividades terroristas, problemas migratorios y ataques cibernéticos, entre otros”.
Y sobre todo que dicho documento comprendía el conjunto de órganos, procedimientos y acciones destinados para dichos fines, respetando los derechos humanos en todo el territorio nacional, así como para prestar auxilio y protección a las entidades federativas y los municipios, frente a riesgos y amenazas que comprometan o afecten la seguridad nacional.
Pero serían los especialistas, además de los hombres de la toga y el birrete quienes –con razón o sin ella--, rechazarían este documento en el cual gran parte de los ciudadanos basaban sus esperanzas de paz.
Hoy, como ha sido desde siempre, una prioridad importante del gobierno sigue siendo mejorar la seguridad, considerando los elevados índices de delincuencia en muchos estados, de manera notoria los homicidios, secuestros, extorsiones, y los feminicidios, que reducen directamente el bienestar y la percepción de seguridad.
Y es que, es muy fácil deducir que el tema de la seguridad en México sigue siendo un tema en el que falta mucho por hacer.
Más aun cuando de poco o nada han servido los programas de seguridad implementados por los últimos gobiernos, donde se advierte el fracaso del nuevo Sistema Acusatorio Adversarial ideado para el derecho penal que centra sus objetivos en su principio rector, que es, el principio de alternatividad, en la técnica de la oralidad y que se abre en Audiencias orales y públicas, bajo los principios de inmediación.
Además de las violaciones a los derechos humanos, la omisión de las autoridades ante el delito y su impunidad en el mismo, todo lo cual habla del fracaso de las administraciones de los gobiernos para avanzar hacia la construcción de un Estado de derecho y una nación lo más segura posible.
En síntesis, si aceptamos que los delincuentes no son unas hermanitas de la caridad, no se va a combatir con globos o bombones, y tampoco se va a erradicar con los brazos cruzados.
Cuestión de tiempo.