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Hoy es jueves, 28 de noviembre de 2024

DIF revisará ley de cuidado familiar alternativo en Nuevo León

La Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes respondió que no se violó el derecho de intimidad del menor expuesto por el gobernador y su esposa.

DIF revisará ley de cuidado familiar alternativo en Nuevo León

La Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, dependiente del Sistema Nacional Para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) convocó a una reunión urgente - que se realizará el 25 de enero- para revisar la legislación, los procedimientos y protocolos vigentes respecto a los medios alternativos de cuidado familiar en Nuevo León.

Lo anterior, “tiene la finalidad de homologarlos, en congruencia con las disposiciones del propio SNDIF y, con ello, erradicar prácticas que resultan contrarias a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como al interés superior de la niñez”.

En seguimiento al caso del supuesto “permiso de convivencia familiar” a través del cual el DIF Nuevo León permitió que el gobernador de la entidad Samuel García Sepúlveda y su esposa Mariana Rodríguez Cantú,  llevaran  a un bebé a su casa durante un fin de semana, la dependencia federal dio a conocer las respuestas enviadas por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de la entidad, donde además de que no se proporcionó evidencia de que se actuó de acuerdo a la ley, destacó lo siguiente:

-No existe un proceso de adopción en curso que involucre al niño, ni tampoco a la familia integrada por García Sepúlveda y Rodríguez Cantú.

-Se autorizó la salida del niño bajo la responsabilidad de Mariana Rodríguez Cantú, por representar para él una “figura significativa”.

-Desde hace tres meses el niño “recibe una visita diaria por parte de Mariana Rodríguez Cantú”,  pero no se aclara o justifica las razones de dichas convivencias.

-La Procuraduría, señaló que “el hecho de que la imagen y datos personales del niño hayan sido expuestos de manera masiva no configura una violación al derecho de intimidad”.

-Agregó que la afectación al derecho de identidad únicamente puede realizarse por medios de comunicación, “pues son éstos los que han difundido información sobre el niño tomando las imágenes de las redes sociales de Mariana Rodríguez Cantú”.

Sumado a lo anterior, el SNDIF señaló que  la Procuraduría de Protección y el Director del Centro de Atención Integral al Menor y la Familia de  Nuevo León, otorgaron el permiso para que el niño quedara bajo resguardo del matrimonio durante un fin de semana, como “medida especial”.

Sin embargo, no se proporcionó evidencia que acredite que la medida antes señalada se emitió con las formalidades que exige la ley, como lo es que se encuentre por escrito, debidamente fundada y motivada, así como apegada al interés superior del niño, conforme se solicitó en el requerimiento de información”, señaló.

Ante este panorama, el SNDIF Nacional envió un comunicado a las  32 Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del país, donde subraya que “es obligación de las autoridades del Estado mexicano implementar medidas que eviten la repetición de actos violatorios de derechos humanos y contribuir a la prevención de dichas violaciones.

Así como adoptar medidas, para hacer efectivo el ejercicio de los derechos humanos y evitar que se vulneren los derechos a la intimidad y a la protección de los datos personales de niñas, niños y adolescentes”, destacó.