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Hoy es lunes, 16 de septiembre de 2024

Para la entrada de la implementación de Sistema de Justicia Laboral el Congreso emitirá declaratoria

Tendrá que ser a más tardar el 30 de abril del 2022

Para la entrada de la implementación de Sistema de Justicia Laboral el Congreso emitirá declaratoria


 

La Paz, Baja California Sur.- A más tardar el día 30 de abril de 2022, el Congreso del Estado emitirá la Declaratoria de entrada en funciones del Centro de Conciliación Laboral y de los Tribunales Laborales.

 

Dicha Declaratoria deberá ser ampliamente difundida en todo el territorio del Estado y publicarse en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur.

 

Para la designación del titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California Sur, el Ejecutivo del Estado someterá una terna a consideración del Congreso del Estado, la cual previa comparecencia de las personas propuestas, realizará la designación correspondiente.

 

La designación del titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California Sur, se hará por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado presentes en la sesión correspondiente, dentro del improrrogable plazo de treinta días.

 

Si el Congreso del Estado, no resolviera dentro de dicho plazo, ocupará el cargo quien sea designado por el Gobernador Constitucional del Estado de los que se encuentren dentro de la terna propuesta.

 

En caso de que el Congreso del Estado rechace la totalidad de la terna propuesta, el Gobernador Constitucional del Estado someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuere rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Titular del Poder Ejecutivo del Estado.

 

El titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California Sur, será nombrado por un periodo de seis años y podrá ser reelecto por una sola ocasión.

 


Los Jueces Laborales serán designados mediante concursos abiertos, observando el principio de paridad de género, con base en criterios objetivos y de acuerdo al procedimiento disponga la Ley.

 

Asimismo, deberán contar con capacidad y experiencia en materia laboral. Sus sentencias y resoluciones deberán observar los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia.