• No se trata de un tema penal que pueda afectar la libertad de implicados en casos abiertos sobre el particular, determinó.
Ciudad de Mexico.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
concluyó el análisis sobre la constitucionalidad de la Ley Nacional de
Extinción de Dominio (LNED), donde señaló que esta medida es un juicio civil,
independiente de procesos penales, que solo puede aplicarse sobre bienes de
origen ilícito, que debe tener un plazo y no es imprescriptible.
Luego de toda una semana que el máximo tribunal del país
dedicó a resolver la acción de inconstitucionalidad que la Comisión Nacional de
Derechos Humanos (CNDH) presentó contra la LNED, el ministro presidente, Arturo
Zaldívar Lelo de Larrea afirmó que las decisiones que tomaron son sólidas.
“De esta forma queda definitivamente resuelto este asunto
que fue de una enorme complejidad e importancia, que nos preocupó más de una semana,
pero creo que valió la pena que se haya llegado a una decisión muy sólida por
parte de este Tribunal pleno, en una de las leyes que habían generado mayor
preocupación a ciertos sectores de la sociedad y con lo cual se demuestra una
vez más la independencia y autonomía de este Tribunal constitucional”, sostuvo
Zaldívar.
La SCJN eliminó cualquier posibilidad de dar efectos
retroactivos a sus determinaciones, toda vez que no se trata de un tema penal
que pueda afectar la libertad de los implicados en casos abiertos sobre
extinción de dominio.
Así lo planteó la ministra Yasmín Esquivel Mossa: “los
procedimientos ya empezados con base en los elementos de la acción de extinción
de dominio que han sido declaradas inconstitucionales deberán concluirse
conforme los términos en que iniciaron pues si esos elementos se utilizaron con
anterioridad a la notificación de esta ejecutoria, eso significa que en ese
momento gozaban de presunción legal de validez surtiendo sus consecuencias
jurídicas”.
Por unanimidad, se definió que las decisiones de la SCJN
sobre la LNED tendrán efecto hasta que se notifique de la sentencia al Congreso
de la Unión, lo que significa que sólo los juicios abiertos después de esa
fecha tendrán que llevarse bajo las definiciones tomadas por el Pleno de
Ministros.