• El voto es un derecho y si trabajas en fin de semana es obligación de los empleadores dar permiso para dejar el área de trabajo y hacer efectivo el sufragio.
La Paz, Baja California Sur. Personal de casas encuestadoras que harán mediciones de salida para empresas privadas hizo llegar una denuncia donde se hace del conocimiento público que se les impide la oportunidad de acudir a votar a su casilla el día de la elección.
“El domingo pretendía trabajar haciendo encuestas de salida en una casilla electoral, por 2 mil 600 pesos. Hoy hubo una capacitación y, al preguntar en qué horario podríamos ir a votar, la respuesta fue: no pueden ir a votar”, expresó con sorpresa una trabajadora de las casas encuestadoras.
“Reclamé nuestro derecho al voto y me contestaron casi casi con un: ¡ya siéntese señora!”, añadió con indignación la ciudadana. “Había 100 personas conectadas en esa reunión de Zoom, imagínense cuántas habrá a nivel nacional trabajando para la encuestadora Enkoll que no podrán votar […] Yo elegí que voy a votar este domingo, pero entiendo a las personas que prefieren hacer las encuestas y ganar dinero”, expresó.
La ciudadana igualmente lamentó que autoridades como el Instituto Estatal Electoral (IEE) permitan algo así. Enkoll y otras empresas tienen permisos, tanto de las autoridades electorales locales como nacionales, para encuestar a los votantes en las inmediaciones de las casillas.
“¿Estará enterado el instituto de que no dejarán votar a los encuestadores?”, cuestionó la denunciante.
Diario El Independiente trató de contactar a las autoridades electorales para tratar el tema, sin embargo, no fue posible conseguir una respuesta antes del cierre de esta edición.
Al respecto, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 74, refiere como un día de descanso obligatorio “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”. Sobre esto mismo, la misma ley explica en su artículo 75 que serán los empleadores y trabajadores quienes definan quién trabajará en los días festivos, por lo que, en caso de que tengas que trabajar el domingo 6 de junio de este año, el patrón está obligado a pagarte un salario doble, sumado al correspondiente, además de sumar la prima dominical otorgada por ley a todos los que trabajan en fin de semana.
Por ley, el patrón está obligado a ajustar los horarios de sus trabajadores de forma que permita que todos puedan ir a votar, es decir, todos los trabajadores deben tener un espacio libre entre las 8:00 y las 18:00 horas. Esto está establecido en el artículo 132, fracción IX de la ley en mención. En caso de que el patrón no cumpla con estas obligaciones, el artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, fracción III, habla de una multa de entre 50 y mil 500 salarios mínimos.