· Afirman que, en 2020, al menos 6 asesinatos de mujeres debieron investigarse como feminicidios.
La Paz, Baja California Sur. Mientras las cifras oficiales no pasan de 2 feminicidios, el recuento que hacen las colectivas feministas es mayor, superando las cifras de los primeros cinco meses del año pasado, siendo mayo del presente año cuando se han dado más casos.
El primer día de junio por la noche se informaba del hallazgo de una mujer muerta en un terreno abandonado en El Tezal, en Los Cabos. Que resultó ser Annel Viridiana, una joven buscada por su familia y autoridades desde hacía una semana. Con este crimen van 5 casos de mujeres asesinadas que podrían calificar como feminicidios.
De acuerdo con una revisión de noticias, en los 5 meses que lleva el 2021 se han identificado los casos de Anluisa, en La Paz; en Los Cabos, de Monserrat, Andrea y uno más de una mujer que no ha sido identificada por las autoridades. Así, la cifra del año en curso se acerca a los 6 feminicidios de 2020 que las colectivas piden investigar como tales.
Esta cifra extraoficial no es reconocida por las autoridades. El año pasado sólo investigaron 3 casos como feminicidio y este año se mencionan dos casos en las estadísticas oficiales del Sistema Nacional de Seguridad Pública. De acuerdo con esas cifras, Baja California Sur (BCS) ocupa el cuarto lugar nacional en lo que se refiere a lesiones dolosas contra mujeres, así como la cuarta posición por el delito de violación.
“En este caso, nuevamente las autoridades incumplen el Protocolo de Investigación del Delito de Feminicidio con Perspectiva de Género, que establece que ante toda muerte violenta de una mujer”, señala la comunicadora Daniela Pérez, participante en diversos colectivos de feministas del estado, quien además conduce un análisis de la violencia feminicida y la impunidad en materia de violencia de género en BCS. En este tenor, afirmó que el delito de Annel Viridiana debe ser investigado como un feminicidio.
Daniela Pérez señaló que “el Ministerio Público tiene el deber de buscar acreditar cualquiera de los 8 supuestos previstos en el artículo 389 del Código Penal para el estado de Baja California Sur, que constituyen las ‘razones de género’ por las cuales fue ejecutado el ilícito”. Asimismo, insistió que se incumplió el citado protocolo “porque, de acuerdo con lo informado, el cuerpo de la víctima fue expuesto, exhibido, depositado o arrojado en un lugar público o paraje despoblado, lo cual es considerado como una circunstancia considerada como una razón de género, de acuerdo con el art. 389 del Código Penal de Baja California Sur, por lo tanto, se trata de un feminicidio y no de homicidio doloso como pretenden clasificarlo”.