Por unanimidad, la sala regional en Guadalajara del Tribunal Electoral determinó que Daniela Rubio no es panista, por lo tanto, no puede ser plurinominal del PAN.
La Paz, Baja California Sur. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los actos que confirmaban la decisión de la comisión permanente del Partido Acción Nacional (PAN) en Baja California Sur (BCS) para designar como candidata plurinominal a actual diputada del Partido Humanista (PH) Daniela Rubio Avilés por no ser panista, resultando fundada la impugnación de la ciudadana Alicia Uribe Figueroa quien pedía que las diputaciones plurinominales de su partido debían ser para militantes panistas.
Lo anterior trascendió en sesión en línea del pleno de la Sala Regional que leyó y aprobó la cuenta sobre el juicio ciudadano 441, promovido por Uribe Figueroa para controvertir la resolución de la comisión de justicia del PAN que dejaba por infundados e inoperantes sus agravios cuando controvirtió la decisión de candidaturas de representación proporcional de la comisión permanente del PAN en el estado.
En el proyecto aprobado por unanimidad por la Sala Regional Guadalajara presidida por el magistrado José Sánchez Morales, determinó revocar la resolución impugnada al resultar fundado el agravio de la promovente relativo a que la comisión responsable dejó de analizar el motivo de inconformidad que planteó en la instancia partidista.
El Tribunal Federal sentenció que la citada comisión dejó de atender los señalamientos que Alicia Uribe expuso que actualmente diputada del Partido Humanista, Daniela Viviana Rubio Avilés no podía ser postulada a la candidatura de representación proporcional del PAN. Lo anterior porque la elección del 2018 fue postulada por el Partido Humanista de BCS, y al no presentarse una hipótesis de excepción, por lo que solo a través del partido de origen podían postularse en elección consecutiva para el actual proceso electoral local.
De ahí que el TEPJF llamó a modificar el acuerdo de la instancia del PAN mediante la cual se presentó la terna de postulaciones a las candidaturas por el principio de representación proporcional, mejor conocidas como plurinominales, sólo respecto a la propuesta de candidatura de Daniela Rubio para los efectos que se precisaron en el proyecto aprobado.
La sentencia del Poder Judicial de la Federación deja sin efecto todos los actos subsecuentes relativos a la postulación por los panistas de la humanista Daniela Rubio.
Cabe recordar que la plurinominal de Daniela Rubio no era cualquiera, sino la primera en orden de prelación del PAN. Por lo anterior, su diputación en la XVII legislatura se veía asegurada por la concesión que el PAN hizo para el donde todavía conserva una curul en la legislatura en turno; Instituto que, por cierto coligó en la alianza conocida como Unidos Contigo junto a otras fuerzas políticas del estado.
La decisión, impugnada ante las instancias partidistas y luego ante el Tribunal Estatal Electoral (TEE) había quedado en firme hasta que el Poder Judicial de la Federación tomó el tema en sus asuntos.
A sentencia JC/441/2021 impediría al PAN postular a una figura que no forme parte de sus filas como plurinominal en la elección que se celebrará el seis de junio por lo que el partido que dirige Carlos Rochín Álvarez en el estado deberá determinar si designa a un pefil diferente antes de que se realice la elección o impugna el resultado de la Sala Guadalajara para que sea la máxima instancia, la Sala Superior del TEPJF quien determine el destino de la plurinominal de quien excusó como una “aliada” al designar como su primera plurinominal al inicio de las campañas electorales.
En entrevista com Diario El Independiente, Rubio Aviles afirmó que esta plurinominal, se la había otorgado el PAN, a pesar de no ser militante pues había trabajado de la mano de los preceptos del PAN dentro del congreso del estado.