A pesar de las apelaciones de Renteria Santana, el Tribunal determinó mantener suscripción de Rentería Santana en registro sancionados por violencia política en razón de género, por lo que no podrá ser candidato en la elección, además de que tendrá que pedir una disculpa pública y pago económico en favor de Castro Guzmán
La Paz, Baja California Sur. La tarde de este miércoles 24 de marzo, La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó mantener el resolutivo que emitió el Tribunal Estatal Electoral (TEE) en Baja California Sur (BCS) el pasado 15 de febrero, tras la apelación que hiciera Alberto Rentería Santana, líder del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) tras violentar los derechos político-electorales de la alcaldesa con licencia de Los Cabos, Armida de Jesús Castro Guzmán.
El Tribunal del Poder Judicial decidió “confirmar el acto impugnado” registrado en el expediente SUP-REC-186/ 2021 por Alberto Rentería Santana, es decir la resolución del Tribunal Estatal Electoral que pide al líder de Morena una disculpa pública, un pago económico y a las autoridades electorales su subscripción al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por violar los derechos políticos de la alcaldesa con licencia.
“Se deja en firme que no le asiste la razón al promovente cuando refiere que se vulneró el principio de presunción de inocencia (...) se mantiene el resolutivo de sentencia” donde Renteria Santana tendrá que cumplir con dos preceptos y uno más que le quita su derecho a participar en la próxima elección.
Confirmada la sentencia controvertida, y al permanecer Rentería Santana en el citado Registro, no podría participar en la elección 2021.