• La Sala Superior consideró que el instituto se excedió al dictar medidas cautelares para todo servidor público
CIUDAD DE MÉXICO.-La Sala Superior del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto
Nacional Electoral (INE) para que el Presidente se abstenga de emitir
comentarios sobre el proceso electoral durante sus conferencias matutinas, al
considerar parcialmente fundados los argumentos hechos llegar por la
representación jurídica del Ejecutivo federal.
Los magistrados consideraron que el Consejo General
del INE se excedió al dictar las medidas cautelares de tipo inhibitorio,
emitiendo lineamientos generales con alcances para todos los servidores
públicos, de todos los niveles, cuando tenía que ser solamente para el
Presidente.
Además, indicaron que debería haber sido el mismo
Consejo General el que debía haber dictado la medida, sin embargo, delegó esa
tarea a la Comisión de Quejas.
De acuerdo con un comunicado, en una sesión privada,
los magistrados determinaron que “la emisión de dicho acuerdo no implicó la
emisión de medidas cautelares de tipo inhibitorio sino la imposición de medidas
de no repetición, ante la supuesta posibilidad de que ocurra un acto lesivo
futuro de carácter ilícito”.
Además, señalaron que se “partió de la posibilidad de
que el presidente López Obrador repitiera un hecho similar, sin embargo,
derivado de denuncias previas, nunca se ha determinado que esas conductas
tengan un carácter ilícito”.
Ante ello, “la Sala Superior declaró improcedente el
dictado de las medidas referidas y dejó sin efectos el acuerdo impugnado, lo
que no prejuzga ni representa un pronunciamiento de fondo sobre las conductas
denunciadas en el procedimiento especial sancionador que dio origen a las
medidas que revoca esta resolución”.
En su comunicado,
el TEPJF recordó que la representación de la Consejería Jurídica del Ejecutivo
federal presentó el 19 de enero el recurso de revisión en torno a los
lineamientos del INE, además de un incidente de incumplimiento de sentencia
contra el instituto en el asunto SUP-REP-3/2021, emitido por la Sala Superior.