• Será necesario conocer la resolución por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre el material denunciado, la cual determinará si es válida o no la difusión de su contenido durante la actual etapa de precampañas.
Ciudad de México.-
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional
Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud del Partido Acción Nacional
(PAN), para emitir medidas cautelares en contra de Morena por el uso indebido
de la pauta al difundir el promocional de radio denominado “VACUNA COVID
RA01014-20”.
Según el quejoso, implica la
utilización indebida de programas sociales y actos anticipados de campaña.
Sin embargo, en un análisis
preliminar, el promocional trata sobre un posicionamiento partidista en
torno al tema de vacunación para enfrentar la pandemia y las acciones que al
respecto ha adoptado el gobierno federal, lo que, en principio, podría
clasificarse como contenido genérico al abordar temas de interés público, lo
que no está expresamente prohibido en el periodo de precampaña, además de que
el anuncio no hace llamados al voto.
“En la deliberación los
integrantes de la Comisión recordaron que ya se habían pronunciado sobre este
tema el 29 de diciembre, cuando no se otorgaron medidas cautelares para el
mismo material que fue pautado por Morena en redes sociales.
Refrendaron, en consecuencia, el
criterio ahora que se exhibe en radio. No obstante, se subrayó que el material
denunciado puede ser parte de una estrategia de comunicación para generar
identidad entre acciones gubernamentales en materia de COVID-19 con el
partido Morena y que es necesario conocer la resolución por parte de la Sala
Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) sobre el material denunciado, la cual determinará si es
válida o no la difusión de su contenido durante la actual etapa de
precampañas”, anotó.