• Servidores públicos de todos los niveles tendrán prohibido usar las instituciones para promover ideas discriminatorias y de odio
Ciudad
de México. La Cámara de Diputados adicionó el Código Penal
Federal con objeto de introducir en ese ordenamiento varias figuras que
contribuyan a sancionar los actos de discriminación de orden racial. La adición
también alcanza a los servidores públicos (funcionarios de todos los niveles)
quienes tendrán prohibido utilizar las instituciones para promover ideas
discriminatorias y de odio.
La
decisión de la mayoría de diputadas y diputados se fundó en el artículo séptimo
de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948, que ubica a todas
la personas como iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual
protección de esa ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda
discriminación que infrinja esta declaración, y contra toda provocación a tal
discriminación, enuncia aquel ordenamiento.
Pilar
Ortega (PAN), presidenta de la Comisión de Justicia en San Lázaro expuso
también, ante el pleno cameral, que el artículo 19 del citado instrumento
“señala que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión. Este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, y
también recibir informaciones y opiniones, difundirlas sin limitación de
fronteras. Tal declaración, al igual que los principios, lineamientos,
estándares y recomendaciones no tienen poder vinculante, pero sí fuerza moral y
proporcionan guías prácticas para la conducta de los Estados”.
Los
argumentos del dictamen consideran que los postulados de la Declaración
Universal sí tienen un efecto vinculante para aquellos Estados que los
ratificaron, pues no fue hasta 1966 que, por medio del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, los Estados se comprometen a respetar y
garantizar a todos los individuos que se encuentran en su territorio y están
sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el pacto, y a garantizar
que toda persona cuyos derechos o libertades hayan sido violados puedan
interponer un recurso efectivo.
De
tal forma, la suma de tipo penal para enfrentar los actos de odio y de racismo
se adhiere a la reforma constitucional de junio de 2011 que reconoció una mayor
jerarquía y relevancia a los tratados internacionales sobre derechos humanos.
La Constitución Mexicana en su artículo primero señala que queda prohibida toda
discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad,
discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, las
opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que
atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar
derechos y libertades de las personas.
Así
la reforma al Código Penal se empata con la Ley Federal para Prevenir y
Eliminar la Discriminación, con objeto de rechazar la discriminación como
promoverte del odio y la violencia a través de mensajes e imágenes en los
medios de comunicación, así como incitar al odio, violencia, rechazo, burla,
injuria, persecución y la exclusión.