El Código Civil sudcaliforniano desconfía de las parejas que quieren divorciarse y las invita a mediación
La Paz, Baja California Sur. Luego de que el estado de Jalisco derogó el requisito de que las parejas asistan a terapia como requisito para divorciarse, el Código Civil Para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur es el único documento en su tipo que establece como requisito alguna forma de mediación para que un juez conceda el divorcio administrativo.
De acuerdo con el código citado, en su artículo 279 sobre el divorcio voluntario, una vez que verifique que las parejas solicitantes cumplan con los requisitos para divorciarse, el “Oficial del Registro Civil remitirá a los divorciantes al Centro de Justicia Alternativa más cercano a su domicilio, a fin de que traten de solucionar sus conflictos y mantener la unión”.
En Jalisco, único estado del país donde residían condiciones parecidas, los artículos similares del código penal fueron derogados por la legislatura del Congreso de aquel estado. Los legisladores jaliscienses argumentaron que obligar a las parejas a acudir a pláticas de mediación o terapias una vez habiendo decidido divorciarse: “iba en contra del libre desarrollo de la personalidad de los cónyuges, porque ellos quieren divorciarse administrativamente porque no hay hijos o si los hubiese son mayores de edad, les da autonomía plena para solicitar el divorcio”.
En este entendido, “el hecho de que acudan a una terapia de pareja” cuando a veces, ya ni siquiera viven juntos”, fuera considerado un requisito que afectaba la dignidad de la pareja. “Aparte de vulnerar el libre actuar de las personas, menoscaba la dignidad humana; por lo que se debe de respetar la voluntad de las partes, al ser una decisión libre de la pareja ya no estar en matrimonio".
De las entidades federativas de la República, después de analizar su legislación en materia civil y familiar, un total de veinticinco estados no contemplan este requisito.
Cinco estados no tienen regulado el divorcio administrativo y sólo Jalisco y Baja California Sur (BCS) tenían este requisito para poder solicitar el Divorcio Administrativo y que su trámite resulte favorable al momento de resolver el Oficial del Registro Civil.
Hasta el momento, en BCS permanece este requisito, sin que exista una derogación en la materia, esto a pesar de que desde julio de 2018 existe la figura de divorcio “exprés”, que permite a los divorciantes lograr la anulación de su matrimonio por mutuo acuerdo, cuando no existe la división de bienes o decisión de patria potestad de por medio.