• Conceden al líder de 'Guerreros Unidos' una suspensión para que en 48 ó 96 horas, tratándose de delincuencia organizada, sea liberado o consignado
Ciudad de México. Un juzgado de amparo en materia penal en la
Ciudad de México ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) que en 48
horas informe los motivos por los que detuvo a José Ángel Casarrubias Salgado
el pasado 1 de julio al salir de una prisión federal, así como la forma y
términos en que dé cumplimiento a la medida cautelar.
Augusto Mejía Ojeda, titular del Juzgado
Tercero de Amparo, concedió una suspensión provisional a El Mochomo,
líder del grupo delincuencial Guerreros Unidos, implicado en la desaparición de los
43 estudiantes de Ayotzinapa.
El recurso también tiene efecto para que en
48 o 96 horas, tratándose de delincuencia organizada, Casarrubias sea puesto en
libertad o consignado ante el juez de control penal correspondiente.
Casarrubias fue recapturado por la FGR al
salir del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 1,
Altiplano, en Almoloya, Estado de México, en el que estaba detenido por una
aprehensión anterior.
El impartidor de justicia señaló que la
suspensión otorgada en este resolutivo no surte efectos tratándose de actos
posteriores a su concesión o si el acto reclamado procede de autoridad distinta
de la señalada como responsable.
Fijó como fecha el próximo 13 de julio a las
14 horas para que se lleve a cabo la audiencia incidental.
La defensa de Casarrubias Salgado solicitó el
2 de julio la protección de la justicia federal e interpuso un juicio de amparo
en el que pide que se declare ilegal su detención ocurrida el día anterior y
que cese la presunta incomunicación que ha sufrido su cliente por parte de la
FGR.
Dentro del expediente 354/2020, el juez le
concedió una suspensión de plano para que cese la supuesta
incomunicación.
Suspensión contra orden de aprehensión
Por otra parte, el Juzgado Quinto de Distrito
en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México concedió
a Casarrubias una suspensión de plano contra la orden de aprehensión,
presentación y detención, así como desaparición forzada.
También le solicitó al Ministerio Público
Federal un informe para la localización y liberación del quejoso y que
explicara acerca de la forma y términos en que hayan dado cumplimiento a la
suspensión de plano.
Asimismo requirió a la autoridad que señalara
en el caso de la detención si hubo flagrancia o no y de igual forma precisara
modalidades del hecho delictuoso que se le atribuye y si se impuso algunos
medida cautelar.
“La suspensión concedida no surtirá efectos
si la orden es emitida con posterioridad al momento en que se presentó esta
demanda, o si ya se ejecutó con la antelación a la misma. Lo anterior, sin
perjuicio de que a efecto de que el solicitante de amparo, no se sustraiga de
la acción de la justicia, la autoridad responsable ante quien pudiera poner a
disposición al quejoso, de inmediato decrete la medida cautelar para que el
quejoso no se sustraiga de la justicia”, señala el fallo
Al respecto, la FGR respondió que José Ángel
Casarrubias Salgado, ingresó al Centro Federal de Arraigo en la Ciudad de
México, lugar en que se encuentra cumpliendo una medida cautelar de arraigo que
culmina el 10 de agosto.