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Hoy es sábado, 23 de noviembre de 2024

En lo que va del año se han judicializado 6 abortos en BCS

De acuerdo los artículos 151 al 156 del Código Penal de BCS, el aborto es un delito penalizado con años de cárcel para quien hiciere abortar a una mujer con o sin consentimiento previo de la madre. SCJN dice “no” a despenalizar el aborto en Veracruz, pudo tener jurisprudencia nacional.

En lo que va del año se han judicializado 6 abortos en BCS

La Paz, Baja California Sur.- En Baja California Sur (BCS) se han penalizado un total de seis abortos en lo que va del presente año. Esto en el contexto de intentos por legalizar la interrupción del embarazo en el estado y una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó no afectar la determinación del congreso estatal en Veracruz donde el código penal aplica sanciones carcelarias para quien interrumpa un embarazo sin justificación legal. 


De acuerdo con las estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), un total de 6 abortos han sido judicializados en Baja California Sur solo en este 2020.


De acuerdo los artículos 151 al 156 del Código Penal para el estado de Baja California Sur, el aborto se encuentra tipificado como delito y penalizado con años de cárcel para quien hiciere abortar a una mujer con o sin consentimiento previo de la madre. 


Para la mujer que voluntariamente practique su aborto se establece una de seis meses a dos años de prisión. 


En Baja California sur el aborto no es perseguido cuando sea resultado de la conducta imprudente de una mujer embarazada. Y se justifica cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación no consentida, cuando de no provocarse el aborto la mujer embarazada corra peligro de muerte o de afectación grave a su salud, o cuando exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales graves, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada. 


Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que proponía amparar a diversas organizaciones sociales, en contra de la presunta omisión legislativa sobre la interrupción legal del embarazo en Veracruz. 


Agrupaciones feministas consideraron que la discusión de este tema en la SCJN era una "oportunidad histórica" para establecer una normatividad que erradique la violación de los derechos de las mujeres. Una sentencia favorable, podría obligar a otros estados a reformar su marco jurídico por una salud reproductiva no discriminatoria. 


Sin embargo, ante la negativa por cuestiones de técnica legislativa el grupo que promueve el amparo de la justicia federal deberá turnar el asunto a otro ministro o ministra de la Primera Sala para elaborar otra propuesta.